1. Antecedentes
Con fecha 14 de diciembre de 1999 la Secretaría
de Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó
técnicamente el "Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.
Tramo Madrid-Albacete/Valencia".
El Estudio Informativo fue sometido al trámite
de Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E de 17 de diciembre de 1999
y posterior rectificación de erratas en B.O.E. de
4 de febrero de 2000, de acuerdo con lo establecido
en la Ley de Ordenación de los Transportes
Terrestres y en el real Decreto Legislativo 1302/86 de
Evaluación de Impacto Ambiental (modificado por
Real Decreto Ley 9/2000).
El Estudio Informativo tiene por objeto la
definición y análisis de las distintas alternativas de
proyecto que justificadamente pueden plantearse para
el tramo Madrid-Albacete/Valencia de la nueva
Línea de Alta Velocidad.
Estas alternativas han de satisfacer dos objetivos
complementarios:
Comunicaciones radiales en Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Mediterráneo.
Comunicaciones en Alta Velocidad a lo largo del
tramo central del eje Mediterráneo.
El Estudio se estructura en tres partes
diferenciadas; pero complementarias entre sí:
Estudios de trazado, se realizan para el tramo
Madrid-Albacete/Valencia.
Estudio de Impacto Ambiental para los mismos
tramos que los estudios de trazado.
Estudio de Demanda y Rentabilidad, que
corresponde al sector Mediterráneo completo (incluye
también los accesos a Alicante/Elche y a la Región
de Murcia), pues conceptualmente no puede
realizarse este análisis por tramos separados.
Las soluciones desarrolladas para el sector
completo, (en el Estudio solo se incluyen los trazados
y estudios ambientales del tramo
Madrid-Albacete/Valencia) son las siguientes:
Solución A. La conexión Madrid-Valencia se
realiza partiendo de la línea de alta velocidad
Madrid-Barcelona, pasando por Cuenca, Motilla,
Requena y Buñol. En el entorno de Motilla se
produce la bifurcación hacia Albacete, desde donde
continua, hasta el enlace de La Encina la línea que
conecta con Alicante y Murcia. Además se hace
necesario el tramo La Encina-Valencia para atender
las relaciones del Corredor Mediterráneo.
Solución B. La conexión Madrid-Valencia se
desarrolla partiendo de la línea Madrid-Sevilla y tras
atravesar La Mancha, desde San Clemente se dirige
hacia el embalse de Contreras, donde prosigue por
el mismo trazado que el acceso a Valencia por Buñol
de la solución anterior. Desde san Clemente parte
el trazado de conexión con Albacete que, a su vez,
permite acceder a Alicante y Murcia pasando por
La Encina. Además se hace necesario el tramo La
Encina-Valencia para atender las relaciones del
Corredor Mediterráneo.
Solución C. El trazado Madrid-Valencia es
pasante por Albacete y La Encina, desarrollándose,
en paralelo con la línea actual de ancho
convencional de RENFE. En La Encina se produce el
enlace con los accesos a Alicante y Murcia.
Solución D. En esta solución el trazado
Madrid-Valencia es pasante por Cuenca, Albacete
y La Encina. Se trata en realidad de una
combinación de la Solución A (el tramo entre Madrid
y Albacete) y de la solución C (entre Albacete y
las capitales mediterráneas).
Solución E. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Valencia por Alcalá del Júcar
y Buñol, para acortar la conexión de la capital
levantina con Madrid y Albacete.
Solución F. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Murcia por Cieza, a fin de
acortar los recorridos Madrid-Murcia y
Albacete-Murcia. De las alegaciones presentadas durante
el proceso de información pública se dedujo la falta
de viabilidad, por razones de impacto ambiental
y de limitaciones de futuro para la explotación
ferroviaria, del trazado concreto considerado en dicho
estudio entre Madrid y Cuenca, en las
soluciones A y D.
Por ello se redactó el "Documento
Complementario relativo al Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual se define y analiza la
Solución Variante de A de acuerdo con el mismo
esquema seguido con el resto de soluciones del
Estudio Informativo. En dicho Documento
Complementario se procede al análisis comparativo de la
Solución A y de la Solución Variante de A (para no
repetir las consideraciones ya efectuadas en el
Estudio Informativo inicial y evitar así redundancias
innecesarias centrando el análisis en los elementos
diferenciales).
En el Documento Complementario se desarrollan
dos posibles soluciones denominadas Variante de
A norte de Aranjuez y Variante de A sur de
Aranjuez.
La primera de estas soluciones parte
aproximadamente del P.K. 28 de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Sevilla, sobrepasando Aranjuez por el norte,
para continuar el trazado por el norte del valle del
Tajo hasta cruzar dicho río en las proximidades
de Villamanrique de Tajo, bordeando Tarancón por
el norte, para seguir en dirección hacia Horcajada
de la Torre desde donde el trazado se dirige hacia
Cuenca por el valle del río Cigüela.
La denominada Variante de A sur de Aranjuez
es coincidente con la solución descrita en el párrafo
anterior en sus primeros 11 Km., punto desde el
cual se dirige a sobrepasar Aranjuez por el sur,
desde donde continua hacia Ocaña en donde gira
para bordear Tarancón por el sur, y tras girar hacia
el noreste discurre por el mismo corredor que la
alternativa norte de Aranjuez aproximadamente
desde Huelves.
Con fecha 15 de septiembre de 2000 la Secretaría
de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente
el "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla
La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia", siendo
sometido dicho documento Complementario a
Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E de 19 de septiembre de 2000.
Como resultado del proceso de Información
Pública del "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia" se
recibieron 90 escritos.
Una vez finalizado el procedimiento de
información pública, reunidos en Murcia el día 8 de enero
de 2001, el Ministro de Fomento D. Francisco
Álvarez Cascos, y los presidentes de las Comunidades
Autónomas de Madrid, Valencia, Castilla-La
Mancha y Murcia, acordaron con relación al trazado
del AVE que afecta a sus respectivos territorios,
considerar como base de la solución definitiva del
mismo, la propuesta sometida a información pública
por el Ministerio de Fomento en el BOE de 19
de septiembre de 2000.
Es decir la Solución Variante de A incluida en
el "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla
La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia", que
modificaba para el Subtramo: Madrid-Cuenca la Solución
A del Estudio Informativo inicial que fue sometido
a información pública entre los meses de diciembre
de 1999 y abril de 2000.
En abril de 2001, se remitió el expediente a la
Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, solicitando
la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental
para todo el tramo: Madrid-Albacete/Valencia.
Con fecha 17 de diciembre de 2001, y al objeto
de que la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente
dispusiera de una mayor información para poder
realizar la Declaración de impacto Ambiental se remitió
a dicho organismo la fase 1/5.000 del "Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual está incluido el Subtramo:
Madrid-Cuenca.
En concreto para el tramo Madrid-Cuenca la
solución desarrollada parte aproximadamente del p.k.
28 de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Sevilla,
pasando entre Seseña y Seseña Nuevo, cruzando
a continuación el río Tajo y sobrepasando Aranjuez
por el sur, desde donde continua hacia Ocaña en
donde gira para bordear Tarancón por el sur, y
tras girar hacia el noreste sigue en dirección hacia
Horcajada de la Torre desde donde el trazado se
dirige hacia Cuenca por el valle del río Cigüela.
Al llegar a Cuenca el trazado gira en dirección
sureste, para finalizar en el cruce del arroyo de la
Motilla junto a Fuentes, entre las carreteras
nacionales N-420 y N-320, punto donde empieza el tramo
Cuenca-Albacete.
2. Informe del Servicio Jurídico
El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de
fecha 20 de abril de 2001, ha informado que el
expediente de información pública y oficial del
"Documento Complementario relativo al Subtramo
Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.
Tramo Madrid-Albacete/Valencia" ha sido
tramitado en la forma legalmente prevista en el
R.D. 1211/90, Reglamento de la Ley de Ordenación
de los Transportes Terrestres.
3. Declaración de Impacto Abiental
La Declaración de Impacto Ambiental, sobre el
"Documento Complementario relativo al Subtramo
Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.
Tramo Madrid-Albacete/Valencia", que se incluye
como anexo a esta aprobación, se ha formulado
por la Secretaría General de Medio Ambiente el
29 de mayo de 2003, y se ha publicado en el B.O.E.
de fecha 30 de junio de 2003.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias
La Subdirección General de Planes y Proyectos
de Infraestructuras Ferroviarias elevó con fecha 23
de julio de 2003 la Propuesta de Aprobación del
expediente de información pública y oficial y
Aprobación Definitiva del "Documento Complementario
relativo al Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo
Madrid-Albacete/Valencia".
5. Resolución
A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría
de Estado resuelve lo siguiente:
Primero: Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en la sección 1.a,
capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres
(R.D. 1211/90 de 28 de septiembre).
Segundo: Aprobar el expediente de Información
pública y oficial y definitivamente el "Documento
C o m p l e m e n t a r i o r e l a t i v o a l S u b t r a m o
Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.
Tramo: Madrid-Albacete/Valencia", seleccionando
como alternativa a desarrollar en los proyectos
constructivos la definición a escala 1/5.000 de la
Solución Variante de A Sur de Aranjuez, entre su origen
(p.k. 28 de la línea Madrid-Sevilla) y el final del
trazado contemplado en el Documento
complementario (p.k. 175+600 del trazado a escala 1/5.000),
que fue remitida a la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio
Ambiente con fecha 17 de diciembre de 2001.
Tercero: En los sucesivos Proyectos Constructivos
que desarrollen la solución aprobada se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
3.1 Las establecidas en el condicionado de la
Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se
incluye como anejo a esta aprobación.
3.2 La reposición de viales y servidumbres, y
la ejecución de nuevos pasos y caminos prevista
en el Estudio Informativo, se considerará de nuevo
en la fase de Proyecto Constructivo para analizar
posibles modificaciones. Durante la redacción de
dicho proyecto se mantendrán contactos con los
Ayuntamientos, Asociaciones y otros interesados,
para concretar con exactitud los caminos y pasos
que haya que reponer o construir, así como prever
la reposición de redes de riegos, acequias y demás
servicios afectados.
Cuarto: Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta
Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, recurso
potestativo de reposición, al amparo de los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido
en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de
julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta
que el anterior recurso potestativo de reposición
sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta.
Madrid, 24 de julio de 2003.-El Secretario de
Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&38.672.
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