Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco
de España, en su sesión de 28 de julio de 2003,
el acuerdo de ampliación del plazo de duración
del procedimiento hasta el máximo permitido de
dieciocho meses a Caja Hipotecaria Centro Sur,
S.A. y a don José Ignacio Montero Amirola
(expediente IE/LDI-2/2002), en ejecución de la
providencia del Instructor de 31 de julio de 2003, y
de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a
dar publicación en el "Boletín Oficial del Estado
del citado Acuerdo:
"El artículo 49, apartado 2, de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dispone que los plazos de
los procedimientos tramitados por las misiones
diplomáticas y oficinas consulares, así como
aquellos que, tramitándose en el interior exijan
cumplimentar algún trámite en el extranjero, se
ampliarán por el tiempo máximo permitido, siendo éste
el mayor que no exceda de la mitad del plazo inicial
u ordinario (apartado 1 del artículo).
En el procedimiento sancionador incoado a "Caja
Hipotecaria Centro Sur, S.A.", y a don José Ignacio
Montero Amirola (ref. LDI-2/2002), por acuerdo
de la Comisión Ejecutiva del Banco de España,
en su reunión de 8 de noviembre de 2002, se ha
dictado Providencia de 3 del corriente, ordenando
la práctica de actuaciones a través de la Embajada
de España en Panamá, ante la necesidad de obtener
de la Oficina Comercial o Registral -o su
equivalente- en ese Estado certificación que acredite
la inscripción o no en la misma de la entidad
expedientada. Procede, pues, en aplicación del citado
artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
ampliar el plazo de duración del procedimiento
hasta el máximo permitido de dieciocho meses."
Madrid, 31 de julio de 2003.-El Secretario
general, José Antonio Alepuz Sánchez.-38.568.
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