El excelentísimo Ayuntamiento, en sesión
ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2003, adoptó
el siguiente acuerdo:
"Primero.-Declarar la validez del acto licitatorio
y en consecuencia, adjudicar el concurso para
contratar la ejecución de las obras del Centro Cívico
de San Agustín, a la UTE Tecnología de la
Construcción, S.A (TECONSA)-Tebycon, S.A., de
acuerdo con las determinaciones de su oferta."
Contra la presente resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponer en el plazo de dos
meses, contado desde el día siguiente a la
notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León, con sede
en Burgos, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998,
o potestativamente y con carácter previo, podrá
interponer en el plazo de un mes, recurso de
reposición ante el órgano municipal competente, según
lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y de
Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción
derivada de la Ley 4/99, que modifica la anterior.
Burgos, 6 de agosto de 2003.-Alcalde accidental,
Francisco Javier Lacalle Lacalle.-&40.283.
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