No siendo posible practicar la notificación del
trámite de referencia a la Entidad Mercantil
"Supranet Empresarial, Sociedad Limitada", por causas
no imputables a esta Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones (ignorarse un domicilio
efectivo a efectos de notificaciones de dicha Sociedad),
de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (en adelante,
LRJPAC), se procede a notificarle por este medio
que, una vez finalizada la instrucción del
procedimiento número RO 2003/1135, los Servicios de
esta Comisión han acreditado la concurrencia de
la circunstancia que motivó la apertura del mismo,
a saber, el incumplimiento, por parte de la
mencionada entidad, de una condición esencial de la
Licencia Individual de tipo A1, cuya titularidad
ostenta, en concreto no tener designado un
domicilio efectivo a efectos de notificaciones, habiendo
transcurrido más de un mes desde que esta Comisión
le requiriese para subsanar dicha situación.
Asimismo, se ha emitido el preceptivo Informe
de los Servicios Jurídicos de la Comisión del
Mercado de las Telecomunicaciones, fechado el día 8
de octubre de 2003, favorable a la revocación de
referencia, y el Ministerio de Ciencia y Tecnología,
mediante su Informe fechado el día 15 de septiembre
de 2003, ha mostrado igualmente su conformidad
con la revocación de la mencionada licencia. Por
todo lo anterior, se va a proponer al Consejo de
la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
la revocación de la licencia individual de tipo A1
de "Supranet Empresarial, Sociedad Limitada".
En consecuencia, y de conformidad con las
previsiones del artículo 84 de la LRJPAC, y del artículo
109.1, letra A, del Reglamento General de la Ley
de Contratos de las Administraciones Públicas
(aprobado mediante el Real Decreto 1098/2001,
de 12 de octubre), una vez instruido el presente
procedimiento y con anterioridad a la redacción
de la propuesta de Resolución correspondiente, esta
Comisión, mediante el presente Oficio, notifica por
este medio a la entidad "Supranet Empresarial,
Sociedad Limitada" el inicio del trámite de
audiencia, a la cual se le informa de que disponen de
un plazo de 10 días para, si lo estiman conveniente,
efectuar alegaciones y aportar documentos que
estime necesarios.
El expediente número RO 2003/1135 puede
consultarse y examinarse en la sede de la Comisión
del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la
calle Alcalá, número 37, de Madrid (artículo 35,
letra A, de la LRJPAC), excepto aquellos
documentos que sean declarados confidenciales porque
su contenido afecte al secreto comercial e industrial
(artículo 37.5, letra D, de la LRJPAC).
Madrid, 9 de octubre de 2003.-Por Delegación
del Consejo de la CMT (Resolución de 18.12.97;
B.O.E. núm. 25, de 29.01.1998). El Secretario de
la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones. Jaime Velázquez Vioque.-&46.563.
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