Por Decreto de la Alcaldía de 24 de octubre de
2003 se ha adoptado la siguiente resolución:
Rectificar, al amparo del artículo 105 de la Ley 30/92,
de régimen jurídico de les administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común, el error
material advertido en el apartado 3 de la cláusula
8 del pliego de cláusulas administrativas particulares
regulador del contrato de la adopción de tipos de
los servicios de mediación, inserción y
asesoramiento de la difusión de la publicidad institucional del
Ayuntamiento de Barcelona y de sus Organismos
Autónomos y la designación de empresas con las
cuales se podrán contratar estos servicios, aprobado
por Decreto de la Alcaldía de 4 de septiembre de
2003, en el sentido de que el subgrupo del Grupo T
de la clasificación empresarial exigida para licitar
ha de ser 1, en lugar de 3; y proceder a las
correspondientes inserciones publicitarias de rectificación
por error material en los mismos Boletines y Diarios
oficiales donde se hubiera publicado la licitación.
Barcelona, 31 de octubre de 2003.-El Secretario
General Jordi Cases i Pallarés.-48.835.
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