Se aprueba en fecha 8 de octubre de 2002, el
proyecto de construcción arriba indicado, por
delegación de la Dirección General de Carreteras, según
Resolución no 8753, de fecha 11 de marzo de 1993
(BOE: 1-4-93). Es de aplicación el apartado 2 del
artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de
Carreteras, modificado por el artículo 77 de la Ley
24/2001, de 27 de diciembre, a cuyo tenor se declara
de urgencia la ocupación de los bienes y derechos
comprendidos en las modificaciones aprobadas del
proyecto. La tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto,
al procedimiento de urgencia previsto en el artículo
52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de
16 de diciembre de 1954, y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a
lo señalado en las reglas 2a y 3a de su artículo
52, ha resuelto convocar a los propietarios que
figuran en las relaciones que se harán públicas en el
Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y que
se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de El Bruc, así como en el de esta
Demarcación de Carreteras para que asistan al
levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación
en el lugar, día y hora que a continuación se indica:
Término Municipal: El Bruc.
Lugar: Ayuntamiento de El Bruc.
Días: Tres de abril de 2003, a partir de las diez
horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "El Periódico de
Cataluña" y "La Vanguardia" y en el "Boletín Oficial
del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, Calle de la Marquesa, 12, alegaciones
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Barcelona, 3 de marzo de 2003.-El Jefe de la
Demarcación, Vicente Vilanova
Martínez-Falero.-&9.928.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid