Visto el expediente incoado en la Delegación
Territorial de Industria, Comercio y Turismo en
Lérida del Departamento de Industria, Comercio
y Turismo de la Generalidad de Cataluña, a instancia
de "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima",
con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid),
paseo del Conde de los Gaitanes, 177, solicitando
la autorización administrativa de la modificación
de la instalación arriba citada;
Resultando que la línea "Sentmenat-Estangento"
fue autorizada y declarada, en concreto, de utilidad
pública por Resolución de la Dirección General de
la Energía del Ministerio de Industria y Energía
de fecha 30 de enero de 1985, aprobándose el
proyecto de ejecución por Resolución de la misma
fecha;
Resultando que sometida la petición de "Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima" a información
pública, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, durante el plazo
reglamentario no se han presentado alegaciones ni oposición
alguna a la autorización solicitada;
Resultando que por parte del Ayuntamiento de
Isona y Conca Della, en cuyo término municipal
se pretende efectuar la modificación, se manifiesta
que no existen objeciones al proyecto;
Resultando que por la Dirección General de
Carreteras del Departamento de Política Territorial
y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña
se emite informe con condicionados técnicos que
son contestados por "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", señalando, en primer lugar,
que la modificación proyectada se ha efectuado a
instancia precisamente de esa Dirección General,
que será costeada por ella, y que la Dirección de
Servicios del Departamento de Industria, Comercio
y turismo ha dado su aprobación, tanto a la solución
técnica como al importe presupuestado;
Resultando que por el Departamento de Política
Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de
Cataluña se han facilitado a "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima" las correspondientes
autorizaciones de todos los propietarios afectados por
la modificación de la línea;
Vistos el informe favorable de la Delegación
Territorial de Industria, Comercio y Turismo en Lérida
del Departamento de Industria, Comercio y Turismo
de la Generalidad de Cataluña;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el capítulo II del
título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima" la modificación de la
línea eléctrica aérea a 400 KV "Senmenat-Sallente"
entre los apoyos números 248 y 250, en el término
municipal de Isona y Conca Della, en la provincia
de Lérida, que consiste básicamente en:
Instalación de un apoyo de ángulo número 248
a situar fuera de la traza de la línea y muy próximo
al actual 248.
Instalación de un nuevo apoyo de ángulo número
249, también fuera de la traza de la línea.
Instalación del apoyo número 250, también de
ángulo, en la traza de la línea y a 55 metros del
actual en dirección al apoyo número 251.
Desmontar los actuales apoyos números 248, 249
y 250.
Tipo de apoyos: Metálicos, constituidos por
perfiles de angulares de lados iguales en estructura de
celosía.
Conductores: De aluminio-acero de 547,3
milímetros cuadrados de sección.
Número de circuitos: Dos, dúplex.
Cables de tierra: Dos, de alumoweld, de 58,56
milímetros cuadrados de sección.
Cimentaciones: Independientes para cada pata de
apoyo, de hormigón en masa.
Puestas a tierra: Anillos de cable de cobre de
50 milímetros cuadrados de sección.
La finalidad de la modificación viene como
consecuencia de adaptar el trazado de la línea al
proyecto de mejora de la carretera C-1412, promovido
por el Departamento de Política Territorial y Obras
Públicas de la Generalidad de Cataluña.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo
14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 4 de marzo de 2003.-La Directora
General, Carmen Becerril Martínez.-13.557.
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