El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 23 de febrero de 2006, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la vigente Ley 27/1992, de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de autorizar a Viajes Alminatour, S.A., la ocupación de 29,60 m² de terreno de dominio público portuario en régimen de concesión demanial, con ubicación en la avenida del muelle Cañonero Dato de la zona de servicio del Puerto de Ceuta, para la construcción de un edificio con destino a ejercer la actividad de agencia de viajes, en las siguientes condiciones:
Plazo: Veinte (20) años.
Tasas: Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario: 368,28 euros anuales. Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: 100% de la tasa de ocupación privativa. Tasa por servicios generales, de acuerdo con la legislación vigente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 6 de marzo de 2006.-José Francisco Torrado López, Presidente.
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