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Documento BOE-B-2006-246092

Resolución de 11 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara la utilidad publica en concreto de la línea aérea a 220 kV desde la Subestación S1 «Huéneja» en el termino municipal de Huéneja (Granada) a la Subestación S2 «Las Torrecillas» en el término municipal de Abrucena (Almería) E-MP.04/06.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2006, páginas 11162 a 11162 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2006-246092

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha de 20 de enero de 2006, la empresa Sistemas Eléctricos de Conexión Huéneja. S.L., solicitó en las Delegaciones Provinciales de Granada y Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, declaración de utilidad pública en concreto de la línea aérea a 220 kV desde la Subestación S1 «Huéneja» en el Término Municipal de Huéneja (Granada) hasta la Subestación S2 «Las Torrecillas» en el Término Municipal de Abrucena (Almería).

Dicha línea fue autorizada y aprobado el proyecto de ejecución con fecha 5 de junio de 2006 por esta Dirección General de Industria, Energía y Minas. Segundo.-De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y con el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como con el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE n.° 58 de 7 de marzo de 2006, BOE n.° 149 de 23 de junio de 2006, BOJA n.°127 de 4 de julio de 2006, BOP de Almería n.° 48 de 13 de marzo de 2006, BOP de Granada n.° 121 de 28 de junio de 2006, diario «Ideal» de Granada de 22 de junio de 2006 y diario «La Voz de Almería» de 17 de febrero de 2006. Asimismo consta en el expediente documentación de los Ayuntamientos de Abrucena, Fiñana y Huéneja, afectados por la instalación, en la que certifican que ha estado expuesta en el tablón de anuncios de dichos ayuntamientos la información pública de la instalación referenciada, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y del artículo 144 del R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Declaración en Concreto de Utilidad Pública de acuerdo con el Titulo 1, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, R.D. 2818/1998 de 23 de diciembre sobre producción de energía por instalación abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración, Orden de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el R.D. 2818/1998, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004 de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-La Declaración de Utilidad Pública en Concreto está regulada en los artículos 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía, resuelve:

Declarar la Utilidad Pública en Concreto de la citada instalación, cuyas características principales serán: Origen: Subestación S1 «Huéneja».

Final: Subestación S2 «Las Torrecillas». Longitud: 15.328,81 m. Términos municipales afectados: Abrucena y Fiñana en la provincia de Almería; Huéneja en la provincia de Granada, Tipo: Aérea, simple circuito s/c. Tensión de servicio: 220 kV. Conductores: LA-445. Apoyos: Metálicos galvanizados. Aisladores: U-120-BS.

La citada Declaración de Utilidad Pública en Concreto se realiza a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicaría la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El procedimiento expropiatorio se tramitará por las Delegaciones Provinciales de esta Consejería de Granada y Almería. Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de septiembre de 2006.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Jesús Nieto González.

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