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La «Gestora del Fondo General de Garantía de Inversiones, Sociedad Anónima», en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre Sistemas de Indemnización de los Inversores, comunica a los inversores el cese de la cobertura del «Fondo General de Garantía de Inversiones» en las fechas que se indican respecto de las sociedades que se detallan a continuación:
Razón social |
Fecha |
Espirito Santo Investment, S.A.U., S.V. (*) |
31/05/2006 |
Los Andes Capital, S.G.C., S.A |
2/06/2006 |
El cese de la cobertura se ha producido como consecuencia de la baja o renuncia de cada sociedad a la condición de empresa de servicios de inversión y, por tanto, a la condición de entidad adherida al «Fondo General de Garantía de Inversiones» y sin perjuicio de que, en aquellos casos en que dicha baja se haya producido como efecto de un procedimiento de fusión o de otro procedimiento de sucesión universal, marcadas con asterisco en la tabla (*), la entidad absorbente o resultante de la fusión esté cubierta por el propio «Fondo General de Garantía de Inversiones» o por otro Fondo de Garantía, nacional o extranjero. Madrid, 9 de octubre de 2006.-El Director General, Ignacio Santillán Fraile.-58.082.
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