La Ley 62/2003 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 111, declara de interés general determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego, figurando en su apartado Uno-a) Obras de modernización y consolidación de regadíos de diversas comunidades de regantes, entre otras, «Consolidación y modernización de regadíos del Sindicato de Riegos de Dalías. T.M. Dalías (Almería)». Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad publica a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. El proyecto fue aprobado por Resolución de la Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 19 de septiembre de 2005. El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 3 de octubre de 2006. Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes de la Villa de Dalías, Plaza del Mercado, s/n, 04750-Dalías (Almería), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas. La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podre examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas de la Comunidad de Regantes de la Villa de Dalías, Plaza Mercado, s/n, 04750-Dalías (Almería), de 08:00 a 12:00 horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento de Dalías (Almería). Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora que figuran en el listado adjunto comparezcan en el Ayuntamiento antes citado, al objeto del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso. Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en dos diarios de la provincia, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Almería», así como en el «Boletín Oficial del Estado». Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las publicaciones correspondientes en el «Boletín Oficial de la Provincia de Almería», en dos diarios de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Dalías, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero. Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios. Segun lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo. La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
En el expediente expropiatorio, la Comunidad de Regantes de Villa de Dalías, asumirá la condición de entidad beneficiaria.
Madrid, 17 de octubre de 2006.-El Director General de Desarrollo Rural, Francisco Amarillo Doblado.
Anexo Relación de bienes y derechos afectados en el expediente de Expropiación Forzosa. Comunidad de Regantes de Villa Dalías Término Municipal de Dalías |
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Finca |
TM |
Pol |
Par |
Titular |
S Afectada (m2) |
Fecha |
Hora |
||
Exp |
Serv |
Ot |
|||||||
01-001 |
Dalías. |
6 |
348 |
Francisca Requena Robles |
4.023 |
0 |
0 |
21/11/06 |
09:30 |
01-002 |
Dalías. |
11 |
557 |
Francisco Montoya Alférez |
2.097 |
0 |
0 |
21/11/06 |
09:30 |
01-003 |
Dalías. |
11 |
888 |
María Pérez González |
866 |
0 |
0 |
21/11/06 |
10:00 |
01-004 |
Dalías. |
11 |
879 |
Antonio Alcaraz Espinosa |
296 |
0 |
0 |
21/11/06 |
10:00 |
01-005 |
Dalías. |
11 |
583 |
Manuel Aguilera Linares y Rosario Aguilera Acien |
241 |
0 |
0 |
21/11/06 |
10:30 |
01-006 |
Dalías. |
11 |
581 |
Manuel Aguilera Linares y Rosario Aguilera Acien |
112 |
0 |
0 |
21/11/06 |
10:30 |
01-007 |
Dalías. |
11 |
877 |
Francisco Gutiérrez Onzan |
1.684 |
0 |
0 |
21/11/06 |
11:00 |
01-008 |
Dalías. |
11 |
586 |
Francisco Gómez y Manuel Herrera |
68 |
0 |
0 |
21/11/06 |
11:30 |
01-009 |
Dalías. |
11 |
585 |
Encarnación Aguilera Villegas |
403 |
0 |
0 |
21/11/06 |
11:30 |
01-010 |
Dalías. |
11 |
584 |
Francisco Aguilera Villegas |
771 |
0 |
0 |
21/11/06 |
12:00 |
01-011 |
Dalías. |
11 |
816 |
Salvador Godoy Montoya |
546 |
0 |
0 |
21/11/06 |
12:00 |
01-012 |
Dalías. |
11 |
824 |
María Villegas Rivas |
71 |
0 |
0 |
21/11/06 |
12:30 |
01-013 |
Dalías. |
11 |
827 |
María Gómez Fernández |
335 |
0 |
0 |
21/11/06 |
12:30 |
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