El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de A Coruña reunido en sesión ordinaria el 29 de noviembre de 2005, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5 ñ) de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y de acuerdo con la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios en los Puertos de Interés General, acordó otorgar a la Asociación Provincial de Consignatarios y Estibadores del Puerto de A Coruña una concesión para el uso del local SDA02 del Pabellón de Servicios de Explotación del Muelle de San Diego del Puerto de A Coruña, con las siguientes condiciones específicas:
Objeto: Actividades administrativas de explotación de las empresas estibadoras, consignatarias y otros operadores portuarios y entidades oficiales y privadas que guarden relación con la actividad portuaria y almacenaje de la maquinaria, accesorios y otros pertrechos propios de las empresas estibadoras o consignatarias.
Plazo: 5 años. Tasas:
Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario: 30,75 euros/m2 de superficie de local.
Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: 8 euros/m2 de superficie de local. Tasa por servicios generales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 48/2003.
Superficie otorgada en concesión: Superficie de local: 27,80 m2.
Lo que se publica para general conocimiento.
A Coruña, 9 de enero de 2006.-El Presidente. Fdo. Macario Fernández-Alonso Trueba.
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