En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notifica a Construye y Promociona 3500 S. L. CIF. B11489887, con último domicilio conocido en C/ Clavel, n.º 7, CP. 11300, La Línea de la Concepción, Cádiz: «Que al objeto de hacer efectivo el pago de la sanción impuesta por el Excmo. Sr. General Jefe de la Fuerza Terrestre y de la Región Militar Sur, en Resolución de fecha 3 de septiembre de 2004, deberá efectuarse en los plazos señalados en el art.º 20 del Reglamento General de Recaudación. Caso de no hacerse efectivo en período voluntario se remitirá a la Delegación de Hacienda de Cádiz, para su cobro en vía ejecutiva, incrementada en el recargo de apremio y, en su caso, los intereses de demora.
El pago deberá efectuarse en la cuenta restringida de ingresos de la Jefatura de Intendencia de Asuntos Económicos de la Segunda SUIGE , BBVA. N.º 0182 3299 87 0200005864, debiendo remitir justificante original de dicho ingreso a la U.E.A., sita en la Avda. de la Borbolla, 27, 29, CP 41013 Sevilla.
Sevilla, 23 de diciembre de 2005.-El Teniente Instructor de la U.E.A. de la JEPER de la Segunda SUIGE, Amador Luque Hidalgo.
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