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Al amparo de lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, las empresas «Autobuses Teruel Zaragoza, S. A., (Tezasa)», y «Automóviles la Oscense, S. A.», han solicitado autorización para que un mismo vehículo pueda servir conjuntamente determinados tráficos de las concesiones VAC-133 (Zaragoza-Murcia con hijuelas) y DA-079 (Zaragoza-Jaca-Formigal con hijuelas) de su respectiva titularidad.
Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento y, previo examen de la documentación pertinente, en la Subdirección General de Gestión y Análisis de los Transportes por Carretera de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana 67, planta cuarta, despacho A-453, en horas de nueve a catorce), en las Direcciones Generales de Transportes de la Diputación General de Aragón y de la Generalidad Valenciana, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de febrero de 2006.-El Subdirector general, Miguel Ángel de Frías Aragón.
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