Al no haber sido posible practicar la notificación en el último domicilio del interesado, conocido por esta Subdirección General, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica: «Acuerdo de ejecución de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, de 14 de septiembre de 2005, y en consecuencia retrotraer el expediente de la solicitud de asilo del ciudadano de Costa de Marfil A. D., NIE X-4725412-Q, número de expediente 025112020005, al momento posterior a la presentación de la solicitud de asilo, a fin de que se solicite el preceptivo informe del ACNUR»; y se requiere al citado la entrega de pasaporte utilizado en el procedimiento de normalización por ser un trámite indispensable para la Instrucción y Resolución de su solicitud de asilo.
Se le comunica que transcurridos tres meses desde la publicación de este anuncio, sin que se haya puesto en contacto con la autoridad competente de asilo, se producirá la caducidad de su expediente (Art. 92 Ley 30/1992. L.R.J.P.A.C.).
Madrid, 29 de marzo de 2006.-Subdirector General de Asilo, Julián Prieto Hergueta.
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