La Ley 10/2001, de 5 de julio del Plan Hidrológico Nacional, declara de interés general del Estado el Proyecto de «Conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la Llanura Manchega. Adicional 1.ª» y la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados en que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en la Ley 24/2001 de 27 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos, objeto de la expropiación, la cual se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real y en los demás medios que establece el artículo 18 de la Ley, para que en el plazo de quince días cualquier persona interesada pueda formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores en la misma.
Badajoz, 9 de marzo de 2007.-El Secretario General, Manuel Piedehierro Sánchez.
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