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Documento BOE-B-2007-109051

Anuncio del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre Resolución de autorización administrativa del centro de transformación «Edificio Don Manuel» y alimentación a 15 kV y declaración de su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2007, páginas 5141 a 5141 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ciudad de Ceuta
Referencia:
BOE-B-2007-109051

TEXTO

Visto el expediente tramitado en este Servicio de Industria y Energía a petición de D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva, n.º 2, solicitando autorización y declaración, en concreto, de utilidad pública para el establecimiento del centro de transformación «Edificio Don Manuel» y su alimentación a 15 kV, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 1.ª y Capítulo V, Sección 2.ª, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2502/1996, de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

1.º Autorizar a la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, la instalación del mencionado centro de transformación y su alimentación a 15 kV, cuyas características son las siguientes: a) Lugar donde se va a establecer la instalación: Irá situado en el edificio de viviendas denominado «Don Manuel», ubicado en la calle Velarde, número 25.

b) Finalidad de la instalación: Disponer de mayor potencia de transformación en las zonas próximas a las calles Velarde y Consuelo. c) Características principales: Capacidad para tres transformadores trifásicos refrigerados por aceite, de 630 kVA cada uno. Aparamenta eléctrica con aislamiento y corte en hexafluoruro de azufre. Líneas de entrada/salida: provenientes de los centros de transformación «Sector central» y «Edificio María».

2.º Declarar, en concreto, la utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se autorizan, a los efectos señalados en el artículo 54.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y en el artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Ceuta, 12 de marzo de 2007.-Jefe del Servicio de Industria y Energía, Andrés Carlos Martínez Palacios.

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