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Documento BOE-B-2007-110114

Resolución de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, por la que se reconoce a P&T Tecnología Iber, Sociedad Limitada Unipersonal, Endesa Cogeneración y Renovables, Sociedad Anónima, Desarrollos Eólicos, Sociedad Anónima, Urbaenergía, Sociedad Limitada y Parques Eólicos Reunidos, Sociedad Anónima Unipersonal, la utilidad pública en concreto para la instalación de la subestación eléctrica transformadora «Paterna II» en el término municipal de Paterna de Rivera (Cádiz).

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2007, páginas 5192 a 5193 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-110114

TEXTO

Visto el escrito de solicitud formulado por P&T Tecnología Iber, Sociedad Limitada Unipersonal, Endesa Cogeneración y Renovables, Sociedad Anónima, Desarrollos Eólicos, Sociedad Anónima, Urbaenergía, Sociedad Limitada y Parques Eólicos Reunidos, Sociedad Anónima Unipersonal.

Antecedentes de Hecho

Primero.-Con fecha 4 de agosto de 2006, P&T Tecnología Iber, Sociedad Limitada Unipersonal, Endesa Cogeneración y Renovables, Sociedad Anónima, Desarrollos Eólicos, Sociedad Anónima, Urbaenergía, Sociedad Limitada y Parques Eólicos Reunidos, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Laraña 4, sexto izquierda, 41003, Sevilla, solicitaron de esta Delegación Provincial el reconocimiento de la utilidad pública en concreto para la instalación de la subestación eléctrica transformadora «Paterna II» en el término municipal de Paterna de Rivera (Cádiz).

Segundo.-Por resolución de fecha 19 de abril de 2006 de la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se concedió autorización administrativa para la implantación de la instalación y por resolución de fecha 18 de diciembre de 2006 de la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se aprobó el proyecto de ejecución de la misma. Tercero.-Siguiendo las instrucciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 2 de febrero de 2006, en aras de alcanzar los objetivos fijados en el Plan Energético de Andalucía y en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, con fecha 12 de septiembre de 2006 la Delegación Provincial en Cádiz de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa acordó declarar de urgencia el procedimiento referenciado. Cuarto.-De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante Real Decreto 1955/2000), se sometió el expediente, por el procedimiento de urgencia, a información pública, insertándose anuncio en el Boletín Oficial del Estado número 255 de 25 de octubre de 2006, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 209 de 27 de octubre de 2006, Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 199 de 18 de octubre de 2006, diario «La Voz de Cádiz» de 23 de octubre de 2006 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, sin que se recibieran alegaciones como consecuencia del mismo. Así mismo, cumpliendo los preceptos reglamentarios, se dio traslado de separatas del proyecto por plazo de veinte días a fin de que los organismos afectados manifestaran sobre su conformidad u oposición y alegaciones a lo solicitado, para después seguir el procedimiento indicado en el citado Real Decreto, siendo los organismos mencionados:

Ayuntamiento de Paterna de Rivera.

Delegación Provincial de Medio Ambiente de Cádiz (Vías Pecuarias). Agencia Andaluza del Agua. Red Eléctrica.

Obteniéndose los siguientes resultados:

Existe conformidad con Delegación Provincial de Medio Ambiente de Cádiz (Vías Pecuarias).

No han emitido alegaciones; Ayuntamiento de Paterna de Rivera, Agencia Andaluza del Agua y Red Eléctrica.

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes:

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para el reconocimiento de utilidad pública en concreto para la instalación de referencia, según lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como los Decretos de Presidencia de la Junta de 11/2004, de 14 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y 201/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 59, de 28/03/2005), de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delega competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Tercero.-Que la declaración de utilidad pública es el presupuesto de la operación expropiatoria y no un mero trámite, razón por la cual la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en sus artículos 1, 1.º y 9, en relación con el artículo 33 de la Constitución Española de 1978, establecen dicha declaración como imprescindible en todo procedimiento expropiatorio.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Declarar la utilidad pública en concreto para la instalación de la subestación eléctrica transformadora «Paterna II» en el término municipal de Paterna de Rivera (Cádiz), a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

El procedimiento expropiatorio se tramitará por esta Delegación Provincial. Segundo. Esta declaración se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

1. La declaración utilidad pública se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

2. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. 3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes. 4. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionamientos que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Ilustrísimo señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 12 de marzo de 2007.-Delegada Provincial. Angelina María Ortiz del Río.

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