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Documento BOE-B-2007-121096

COMPAGNIE MARITIME MAROCCO-NORVEGIENNE LÍNEAS MARÍTIMAS EUROPEAS, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2007, páginas 5675 a 5675 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2007-121096

TEXTO

Tribunal Defensa de la Competencia

Publicación de la Resolución de 21 de junio de 2004

En el expediente tramitado por el Tribunal de Defensa de la Competencia con el número 555/03, Líneas Marítimas Estrecho (2061/01 del Servicio de Defensa de la Competencia), iniciado en virtud de denuncia formulada por International Maritime Transport Corporation Armement-Consignation des Navieres Affretement por supuestas conductas prohibidas por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistentes en la adopción de acuerdos de idénticas tarifas para viajeros y vehículos en la línea de transporte marítimo Algeciras-Tánger, se ha dictado Resolución de 21 de junio de 2004 cuya parte dispositiva dice:

Primero.-Declarar que las compañías Euroferrys, S. A., Líneas Marítimas Europeas, S. A. (LME), Transmediterránea, S. A., Compagnie Maritime Marocco-Norvegienne (Comarit), Compagnie Marocaine de Navigation (Comanav) y Lignes Maritimes du Detroit (Limadet), han incurrido en una práctica prohibida por el artículo 1.l.a) de la Ley de Defensa de la Competencia, por haber realizado acuerdos consistentes en la adopción por parte de las empresas imputadas de idénticas tarifas para viajeros y vehículos en la línea de transporte marítimo Algeciras-Tánger-Algeciras y en el mantenimiento durante todo el año de los acuerdos de intercambiabilidad de billetes adoptados excepcionalmente durante la Operación Paso del Estrecho.

Segundo.-Imponer a cada una de las empresas imputadas Euroferrys, S. A., Trasmediterránea, S. A., Compagnie Marocaine de Navigation (Comanav) y Lignes Maritimes du Detroit (Limadet), una multa de 300.000 euros y a cada una de las empresas Líneas Marítimas Europeas, S. A. (LME) y Compagnie Maritime Marocco-Norvegienne (Comarit), una multa de 150.000 euros. Tercero.-Intimar a las compañías Euroferrys, S. A., Líneas Marítimas Europeas, S. A. (LME), Trasmediterránea, S. A., Compagnie Maritime Marocco-Norvegienne (Comarit), Compagnie Marocaine de Navigation (Comanav) y Lignes Maritimes du Detroit (Limadet), para que se abstengan en lo sucesivo de realizar las prácticas sancionadas. Cuarto.-Ordenar a las empresas sancionadas la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en las páginas de economía de dos de los diarios de información general de entre los cinco de mayor difusión en el ámbito nacional. En caso de incumplimiento de esta resolución se les impondrá una multa coercitiva de 600 euros por cada día de retraso en la publicación. Quinto.-Las empresas sancionadas justificarán ante el Servicio de Defensa de la Competencia el cumplimiento de lo ordenado en esta Resolución.

Son entidades obligadas a efectuar la publicación, entre otras: Compagnie Maritime Marocco-Norvegienne y Líneas Marítimas Europeas, S. A.. Ambas compañías han solicitado de la entidad editora la inserción del texto que antecede.

Madrid, 7 de mayo de 2007.-Los representantes de ambas compañías, Gonzalo Vallejo Monasterio y Carlos López-Quiroga, respectivamente.-30.159.

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