En relación con el procedimiento que se sigue en la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones al objeto de determinar la metodología para el análisis de las posibles prácticas anticompetitivas de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, se pone en conocimiento lo siguiente: Conforme a lo previsto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en adelante, LRJPAC), debido a la complejidad del presente procedimiento, se acuerda la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del mismo en tres meses más, que se computarán a partir de la fecha en que habría de concluir el plazo ordinario.
Asimismo, se pone de manifiesto que contra el presente acuerdo no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC.
Barcelona, 16 de mayo de 2007.-(P.D. Acuerdo del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de 18 de diciembre de 1997, B.O.E. núm. 25, de 29.01.1998, modificado por Acuerdo del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, de 22 de junio de 2006, B.O.E. núm. 170, de 18.07.06), el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Jaime Almenar Belenguer.
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