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Documento BOE-B-2007-140078

Notificación de 22 de marzo de 2007, del Comisionado para el Mercado de Tabacos sobre el polígono de Arquillos (Jaén), Código 230080001.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2007, páginas 6759 a 6759 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2007-140078

TEXTO

No habiéndose podido notificar a D. José Beltrán Bayona en C/ Nueva, n.º 106, Arquillos (Jaén), la retroacción de actuaciones, se procede a transcribir íntegramente el texto del acto:

«Por Resolución de la Subsecretaría de Economía de 31 de marzo de 2003 se resolvió el concurso público para la provisión de Expendedurías de Tabaco y Timbre de carácter complementario, convocado por Resolución de la misma Subsecretaría de fecha 3 de octubre de 2002, en cuanto al Polígono de Arquillos (Jaén), Código 230080001, del que resultó adjudicatario don Ambrosio Villar López.

Disconforme con la adjudicación realizada, doña Ángela Conejero París interpuso recurso de alzada contra la Resolución de la Subsecretaría de Economía de 31 de marzo de 2003, solicitando la readmisión a concurso de su oferta, excluida por incumplimiento de la base 1.2.1. del Pliego de condiciones. Por resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de septiembre de 2004, se acordó desestimar el recurso de alzada interpuesto por la Sra. Conejero París, ratificando en toda su integridad la adjudicación realizada de la expendeduría, así como la exclusión de la recurrente. Contra la Resolución de la Subsecretaría de Economía de 31 de marzo de 2003 y contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de alzada planteado contra la misma, D.ª Ángela Conejero París interpuso recurso contencioso-administrativo núm. 2893/03 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6.ª, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, con fecha 23 de junio de 2006, dictó sentencia núm. 987, declarada firme, estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto y acordando: que por la Administración demandada se proceda a dictar una nueva resolución por la que admita la solicitud presentada por la Sra. Conejero París y se baremen los méritos aportados en la forma prevista en la convocatoria, con los efectos que en su caso haya de tener sobre la adjudicación realizada mediante el acuerdo que aquí se recurre».

El artículo 103, 2, 3 y 4 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece:

«2. Las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen.

3. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo para la debida y completa ejecución de lo resuelto. 4. Serán nulos de pleno Derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento».

Al efecto de dar cumplimiento al contenido de la sentencia y conforme a lo previsto en el capítulo V, Título VI, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica el acuerdo contenido en la misma a fin de que, en relación con el procedimiento de su ejecución material, efectúe en el plazo de diez días alegaciones y presente los documentos o justificaciones que estime pertinentes, conforme a lo previsto en el art. 84 de la Ley 30/1992..

Lo que se publica para que sirva de notificación al interesado/a, según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 22 de marzo de 2007.-El Presidente del Comisionado, Felipe Sivit Gañán.

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