Habiendo sido devuelto por el Servicio de Correos la notificación de la Resolución de 16 de mayo de 2007, sobre procedimiento de reintegro de las subvenciones correspondientes a año 2003, según la Orden SCO/1564/2003, de 3 de junio, concedidas a la Federación Nacional Unión de Consumidores Europeos (EUROCONSUMO), con CIF B-83309591, por un importe de 7.710,85 €, se procede a su publicación en el BOE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/19992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha cantidad deberá hacerse efectiva, mediante talón nominativo a favor del Instituto Nacional del Consumo, en el plazo máximo de diez días de la publicación de esta Resolución. Transcurrido el plazo señalado, sin que se haya efectuado el reintegro, el mismo se exigirá mediante vía ejecutiva, incrementado con el recargo de apremio y, en su caso, con os correspondientes intereses de demora de ejecutiva, según lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
El expediente y la Resolución completa, para su consulta, se encuentra en la Subdirección General de Normativa y Arbitraje del Consumo del Instituto Nacional del Consumo, sita en la C/ Príncipe de Vergara, n.º 54, 28071 Madrid.
Madrid, 1 de junio de 2007.-La Directora General del Instituto nacional del Consumo, Ángeles M.ª Heras Caballero.
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