A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de Hidrocarburos; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; en los arts. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a información pública la solicitud señalada, que se detalla a continuación:
Peticionario: Enagas, S. A., con domicilio a efectos de notificaciones en P.º de los Olmos, n.º 19 (28005 Madrid).
Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de la utilidad pública del Proyecto de instalaciones «Anexo al gasoducto Serrablo-Zaragoza. Ampliación de la posición A-04 con Estación de Regulación y Medida G-160, en Alcalá de Gurrea», en los términos municipales de Almudévar y Alcalá de Gurrea, en la provincia de Huesca. Descripción de las instalaciones: El objeto del presente proyecto es el de incluir como parte del mismo, las instalaciones de la ampliación de la posición A-04, que consiste en la construcción de un edificio que albergará una Estación de Regulación y Medida G-160 (72/16), con una presión de servicio de 72 bar máxima de entrada, una presión de salida de 16 bar máxima, y otro edificio adosado para la sala de calderas, para atender un nuevo punto de entrega de Gas Natural, así como la línea de acometida eléctrica a la posición. El presupuesto asciende a la cantidad de trescientos doce mil seiscientos noventa y dos euros con tres céntimos (312.692,03 €). Términos municipales afectados: Alcalá de Gurrea y Almudévar. El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. Afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción de las instalaciones:
Uno. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que han de construirse las instalaciones fijas en superficie.
Dos. Para la línea eléctrica:
A) Servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de 1 metro a cada lado del eje de la línea y en todo su trazado que implicará:
Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso de los daños que se ocasionen. B) Servidumbre permanente de vuelo en una franja de 2 metros centrada con el eje de la línea, en la que se establecen:
Prohibición de levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea, a una distancia inferior a 10 metros del eje de la línea de postes del tendido.
Prohibición de plantar árboles con altura máxima superior a 4 metros a una distancia inferior a 4 metros del eje de la línea de postes del tendido.
C) Ocupación temporal de la superficie que se determina en los planos parcelarios, para realizar las obras necesarias.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el proyecto en este Área Funcional de Industria y Energía de la Subdlegación de Gobierno sita en Huesca, Pl. Cervantes, 1 (CP 22071) y se puedan presentar por triplicado, en dicho centro, las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de 20 días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento afectado.
Huesca, a 25 de abril de 2007.-El Director del Área de Industria y Energía, José Luis Martínez Laínez.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de este anuncio.
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