Por Resolución de la Dirección General de Carreteras, de fecha 17 de mayo de 2007, se aprueba el Proyecto de construcción arriba indicado y, se ordena el inicio del correspondiente expediente de expropiación, siendo de aplicación la disposición adicional tercera de la Ley 19/2001, de 19 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre), a cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada obra. La tramitación de éste se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957. En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el art. 98 de la LEF, y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª de su art. 52, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Benamejí y de Encinas Reales, así como en el de esta Demarcación de Carreteras y en la Unidad de Carreteras de Córdoba, para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en los ayuntamientos de Benamejí y de Encinas Reales, en el día y en la hora que se indican en dicha relación. (Anexo que se acompaña). Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en Diarios Provinciales, y en el «Boletín Oficial del Estado». Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos, y a aquéllos de los que se ignore su paradero. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (original y copia de escrituras), y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario. Es de señalar que esta publicación se realiza, además a los efectos de información pública contemplados en los arts. 17.2, 18 y 19.2 de la LEF, para que en el plazo de quince días (que, conforme establece el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación), los interesados podrán formular, por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras, Avda. Américo Vespucio, 5, Isla de la Cartuja, 41071 Sevilla, o en la Unidad de Carreteras de Córdoba, Avda. de los Mozárabes, 1, 14071 Córdoba, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados y bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas.
Sevilla, 25 de mayo de 2007.-El Jefe de la Demarcación, Pedro C. Rodríguez Armenteros.
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