Por Resolución de 30 de enero de 2007, de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (B.O.E. n.º 48, de 24 de febrero de 2007), ha sido autorizada a ENAGAS, S.A. la construcción de las instalaciones correspondientes al gasoducto denominado «Alcázar de San Juan-Villarrobledo» y sus instalaciones auxiliares, en las provincias de Albacete y Ciudad Real declarada, en concreto, su utilidad pública, previa la correspondiente información pública. Dicha autorización, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento con lo dispuesto en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos para que comparezcan en los Ayuntamientos donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que se establece en dicho artículo, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, el de las de ocupación definitiva. El levantamiento de actas tendrá lugar el día 23 de julio de 2007, a las 11:00 de la mañana y a las 16:30 de la tarde en el Ayuntamiento de Socuéllamos, y el día 24 de julio a las 9:00 de la mañana en el Ayuntamiento de Villarrobledo. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa. El orden del levantamiento de actas figurará en el tablón de edictos de los ayuntamientos afectados y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999 y 24/2001, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquellos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse, según se relaciona en el Anexo.
En el expediente expropiatorio, ENAGAS, S.A., asumirá la condición de beneficiaria.
Toledo, 4 de junio de 2007.-El Delegado del Gobierno, Máximo Díaz-Cano del Rey.
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