Se pone en conocimiento de los propietarios de los resguardos de depósitos en metálico que a continuación se relacionan, que se va a proceder por esta Delegación de Economía y Hacienda (Caja General de Depósitos), a formalizar el oportuno expediente de prescripción de los mismos, según establece el artículo 27.2 del Real Decreto 161&1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, y el artículo 3 de la Orden del Ministerio de Hacienda de 9 de enero de 1970, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad y Mecanización de las Sucursales de la Caja General de Depósitos, por lo que se advierte a los interesados que si en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, no se ha presentado reclamación alguna que justifique el derecho a seguir en propiedad de los citados depósitos, se declararán bienes abandonados por sus dueños, siendo su importe ajudicado al Estado y, por tanto, los mismos quedarán nulos y sin ningún valor ni efecto.
Málaga, 8 de mayo de 2007.-El Delegado de Economía y Hacienda, Santiago Quintana de Blas.
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