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Documento BOE-B-2007-153070

Anuncio de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, de 18 de junio de 2007, sobre notificación de acuerdo de iniciación de procedimiento de carácter sancionador, incoado contra don Javier Miguel Beneyto García-Reyes, titular del establecimiento receptor n.º 94.315 de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2007, páginas 7462 a 7463 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2007-153070

TEXTO

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación del acuerdo de incoación de procedimiento administrativo de carácter sancionador del Director General de Loterías y Apuestas del Estado, de fecha 5 de junio de 2007, por el que se inicia el correspondiente procedimiento sancionador que a continuación se especifica, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero), que modifica la anterior. Titular del establecimiento receptor: Don Javier Miguel Beneyto García-Reyes. Último domicilio conocido a efectos de notificación: Calle Joaquín Bau, 5, 28036 Madrid. Expediente número: S.J.:430/07/28-077 C.03. Normativa aplicación:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Administración General del Estado. Régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado, establecido en el artículo 88 de la Ley 53/2002, de 30 de noviembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Tipificación de la infracción: Artículo 88, apartado cinco, número 4, letra b), de la Ley 53/2002, de 30 de noviembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por lo que se aprueba el régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la Red Comercial de Loterías y Apuestas del Estado.

Acuerda:

1.º Incoar el correspondiente procedimiento administrativo sancionador contra don Javier Miguel Beneyto García-Reyes, titular del establecimiento receptor n.º 94.315 de Madrid.

2.º Confirmar y mantener la medida provisional de cierre cautelar acordada en su día de desconexión del terminal online instalada en el establecimiento receptor n.º 94.315, en tanto se mantenga la circunstancias que aconsejan la adopción de la misma. 3.º Nombrar instructor y secretario del presente expediente a los funcionarios doña Soledad Parra Durán y don Andrés Ors Bañón, Jefa deSección y Jefe de Negociado del Servicio Jurídico de L.A.E., respectivamente, dándoles traslado de todas las actuaciones practicadas. 4.º Instar; en su caso, de la Compañía Aseguradora el reintegro íntegro al Tesoro Público del descubierto detectado en el Establecimiento Receptor cuya titularidad ostenta don Miguel Javier Beneyto García-Reyes, de acuerdo con la póliza de afianzamiento colectivo suscrita al efecto. 5.º Notificar igualmente al interesado el presente acuerdo, para que dentro del plazo de quince (15) días hábiles realice alegaciones y en su caso proponga las pruebas de que pretenda valerse, con expresa referencia a su derecho a ser oída en el procedimiento y a la puesta de manifiesto del expediente. 6.º Informar al interesado de que puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, y de que si decidiera no formular alegaciones a esta resolución en el plazo conferido de quince (15) días hábiles, dado que este acuerdo de iniciación contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, podría ser considerado Propuesta de Resolución. 7.º De conformidad con lo previsto en la Orden Ministerial de 14 de abril de 1999 (B.O.E. del día 23) y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. (B.O.E de 9 agosto de 1993), el plazo máximo para resolver y notificar la resolución que en su caso recaiga en el presente procedimiento será de seis meses, a contar desde el día de la fecha.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de aquellos que la interesada entienda que resultan procedentes.

Igualmente se informa que el acuerdo de incoación del Director General con su texto íntegro se encuentra a su disposición en el Servicio Jurídico de Loterías y Apuestas del Estado, calle Capitán Haya, 53, 28020 Madrid.

Madrid, 18 de junio de 2007, 18 de junio de 2007.-Jefe de Sección del Servicio Jurídico. Carlos Sáez Calzado.

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