Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 29 de diciembre de 2004, la mercantil Gas Natural Andalucía, S.A., ha presentado solicitud de Autorización Administrativa, Autorización de Proyecto y Reconocimiento de Utilidad Pública para el Proyecto de instalaciones, presentado el proyecto titulado «Antena de suministro de gas natural en MPB a Antequera».
Segundo.-El trámite de información pública de este expediente, se realizó mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Antequera y anuncios en las siguientes publicaciones:
Boletín Oficial del Estado núm. 185, de fecha 4 de agosto de 2006.
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 140, de fecha 24 de julio de 2006. Diario Sur de fecha 19 de julio de 2006. Diario Málaga Hoy de fecha 20 de julio de 2006.
Tercero.-Con fecha 28/11/2006, se ha emitido la Declaración de Impacto Ambiental favorable condicionada por parte de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.
Cuarto.-Durante el periodo de información pública ha presentado alegaciones D. Francisco Redondo Cruz, quien en nombre y representación de la entidad Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) titular de la finca MA-AN-7, manifiesta que dicha finca tiene naturaleza de dominio público de uso ferroviario, afectando a la línea férrea en servicio denominada Bobadilla a Granada, oponiéndose a la expropiación e imposición de derechos sobre estos bienes, así como la necesidad por parte del promotor de solicitar autorización de obra a ADIF. Quinto.-Mediante escrito de fecha de Registro de Entrada en esta Delegación Provincial 22 de septiembre de 2006, se le dio traslado a la entidad peticionaria de las alegaciones planteadas, dándosele contestación mediante escrito de fecha de Registro de Entrada en esta Delegación Provincial 13 de Octubre de 2006, en el que se da conformidad a las alegaciones presentadas, así como referencia a que la autorización de ADIF fue concedida con fecha 25/05/200 y Ref. 528, N.º 485.
Fundamentos de Derecho
Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente, conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, que regula le estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Vistas la Ley 34/19988, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, Reglamento General del servicio público de gases combustibles aprobado por el Decreto 2913/1973, de 26 de Octubre, Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes 26 de octubre de 1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994, Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, Decreto 292/1995, de 12 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de Abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial resuelve:
Conceder Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Instalaciones y reconocer la utilidad pública solicitada por Gas Natural Andalucía, S.A., para el Expediente «Antena de suministro de gas natural en MPB a Antequera», y el proyecto del mismo nombre visado por el Iltr. Colegio Oficial de Ingenieros correspondiente y cuya descripción básica es: Longitud de la instalación: 960 metros.
Tubería de Polietileno PE 100SDR 17,6, diámetro DN 200 e=11,4 mm, L=920 m. Tuberías de acero API 5L G.R.B., diámetro DN 8" e=4,8 mm, L=40m-.
La presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:
1. Queda la presente resolución sujeta a los condicionantes que aparecen en la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 28/11/2006, de la que se adjunta fotocopia compulsada.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen. 3. Las instalaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Antena de suministro de gas natural en MPB a Antequera» y demás documentación técnica presentada, quedando especificado en los siguientes datos básicos:
Longitud de la instalación: 960 metros.
Tuberías de Polietileno PE 100 100SDR 17,6, diámetro DN 200 e=11,4 mm, L=920 m. Tuberías de acero API 5L G.R.B., diámetro DN 8" e=4,8 mm, L=40m-. Límites de suministro: Término municipal de Antequera, en las zonas definidas en el plano aportado con el proyecto de ejecución.
4. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses, contados a partir de la fecha de la de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por la canalización.
5. Gas Natural Andalucía, S.A., dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. Para ello se aportará a esta Delegación Provincial un certificado final de obra firmado por Técnico Superior competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje se ha efectuado de acuerdo con la normativa técnica vigente que le sea de aplicación, acompañado de la documentación correspondiente a las pruebas y ensayos realizados, certificados por Organismo de Control Autorizado. 6. Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumpliendo de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados, u otra causa excepcional que lo justifique legalmente. 7. En el plazo de 15 días desde la recepción de la presente, tendrán que presentar en esta Delegación Provincial justificante de la constitución de la fianza o garantía del 2% del presupuesto de las instalaciones afectadas a disposición de esta Delegación Provincial, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta autorización. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, la presente autorización y la declaración de utilidad pública de las instalaciones, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y dará lugar a la urgente ocupación de los mismos, de conformidad con lo establecido en el art. 103 y siguiente del citado cuerpo legal, así como la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, de fecha 26 de abril de 1957. Los referidos bienes y derechos son los incluidos en la relación que se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 26 de agosto de 2000, en el Boletín de la Provincia de 30 de agosto de 2000 y Diario Sur de 6 de Julio de 2000. La presente autorización se otorga sin perjuicio e independiente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otras necesarias para la ejecución de las obras de las instalaciones.
Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992 y el Procedimiento Administrativo Común, según redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 13 de febrero de 2007.-La Delegada Provincial, María Gámez Gámez. Decreto 21/85, de 5 de febrero, el Secretario General, Serafín Navarrete Polaino.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid