Intentada la práctica de la notificación personal de dicha Resolución, sin que se haya podido realizar, y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («BOE» del 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a comunicar el fallo de la Resolución por la que se considera a doña Elvira Campillo de Juan, autora disciplinariamente responsable de una falta grave, tipificada en el artículo 5.º, a), 5.ª del vigente Reglamento de Disciplina Académica de 8 de septiembre de 1954, imponiéndole, conforme a lo previsto en el artículo 6.º, a) 2.ª del citado Reglamento la sanción de «expulsión del Centro por un período de un año», que deberá cumplirse durante el curso académico 2007/2008. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de dicho Reglamento, esta sanción lleva aneja «la pérdida de matrícula y de curso, con prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en que se ha cometido la falta», es decir, en el curso académico 2005/2006.
Madrid, 26 de junio de 2007.-La Secretaria General, Ana María Marcos del Cano.
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