El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel hace saber que, con fecha 15 de enero de 2007, ha sido dictada Resolución por parte de la Dirección General de Energía y Minas por la que se califica como recurso de la sección B), yacimientos de origen no natural, de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, las acumulaciones de cenizas volátiles y escorias existentes en el término municipal de Aliaga, provincia de Teruel, cuyos datos son:
Solicitante; «Conservación Agrícola, S.L.»; Superficie: 136.300 m2. Localización: Parcelas 2, 3, 4 y 5 del Polígono 3 del término municipal de Aliaga (Teruel).
Lo que se hace público conforme establece el artículo 46.5 del Reglamento General para el Régimen de Minería, R.D. 2857/1978, de 25 de agosto, y el 86.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento o formular alegaciones en el plazo de 20 días a partir de esta publicación.
Teruel, 29 de mayo de 2007.-El Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel, Carlos Hernández López.
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