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Documento BOE-B-2007-165119

Resolución de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de fecha 21 de junio de 2007, por la que se acuerda publicar para su notificación en el Boletín Oficial del Estado la Resolución del Consejo de la Comisión de esa misma fecha, por la que se acuerda notificar a la Comisión Europea y a las Autoridades Nacionales de Reglamentación el proyecto de medida relativo a la definición y análisis del mercado de terminación de llamadas vocales en la red móvil de la entidad Xfera Móviles, Sociedad Anónima, la designación de operador con poder significativo de mercado y la imposición de obligaciones específicas, iniciar el correspondiente procedimiento y proceder a la apertura del trámite de consulta pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2007, páginas 8116 a 8116 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2007-165119

TEXTO

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en sesión celebrada el día 21 de junio de 2007, ha aprobado la Resolución que se describe en el anexo que se acompaña a esta Resolución.

Barcelona, 21 de junio de 2007.-El Presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.

Anexo

Resolución del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de fecha 21 de junio de 2007, por la que se acuerda notificar a la Comisión Europea y a las Autoridades Nacionales de Reglamentación el proyecto de medida relativo a la definición y análisis del mercado de terminación de llamadas vocales en la red móvil de la entidad Xfera Móviles, Sociedad Anónima, la designación de operador con poder significativo de mercado y la imposición de obligaciones específicas, iniciar el correspondiente procedimiento y proceder a la apertura del trámite de consulta pública.

(Los apartados Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho no son objeto de publicación). En virtud de las consideraciones de Hecho y de Derecho expuestas en la citada resolución, esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, resuelve:

Primero.-Iniciar de oficio el procedimiento administrativo para la definición y análisis del mercado de terminación de llamadas vocales en la red móvil de la entidad Xfera Móviles, Sociedad Anónima, la designación de operador con poder significativo de mercado y la imposición a los operadores de obligaciones específicas, conforme a la habilitación competencial de esta Comisión y en virtud de lo establecido en los artículos 68 y 69 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, Ley de Procedimiento Administrativo).

Segundo.-Acordar la notificación del proyecto de medida que se adjunta como Documento 1 a la presente Resolución, a la Comisión Europea, a las Autoridades Nacionales de Reglamentación de otros Estados miembros de la Unión Europea, al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y al Ministerio de Economía y Hacienda para que en el plazo máximo de un mes presenten sus observaciones. Tercero.-En la forma prevista por el artículo 86 de la Ley de Procedimiento Administrativo, acordar la apertura del trámite de información pública de un mes de duración improrrogable a contar desde la fecha de publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado para que cualquier persona física o jurídica pueda formular las observaciones o sugerencias que tenga por conveniente y todos los interesados puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. A tales efectos, podrá examinarse el expediente en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, carrer de la Marina, 16-18 de Barcelona o accediendo a la página Web de la Comisión www.cmt.es/cmt/centro_info/c_publica/index.htm. Cuarto.-Acordar la solicitud de informe al Servicio de Defensa de la Competencia en el presente procedimiento, de conformidad con los artículos 82 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. En virtud de lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, este informe habrá de ser emitido en el plazo de un mes desde la recepción de la presente solicitud. Quinto.-Informar a todos los interesados que el plazo para resolver y notificar el presente procedimiento es de tres meses a contar desde la fecha del presente acuerdo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo. . La resolución que se adopte se notificará en los diez días siguientes a la fecha en que hubiera sido dictada, tal y como dispone el artículo 58.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo y, en todo caso, antes de que transcurra el plazo de tres meses al que se refiere el párrafo anterior. En defecto de notificación en plazo de la resolución expresa, el procedimiento caducará, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley.

Sexto.-Acordar la notificación del presente acto mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, al tener por destinataria a una pluralidad indeterminada de personas, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Barcelona, 21 de junio de 2007.-El Presidente de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.-Reinaldo Rodríguez Illera.

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