En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, y ante la imposibilidad de notificar, por el conducto ordinario, a la firma Hoyamar, Sociedad Cooperativa, con NIF F-30368559, cuyo último domicilio conocido se encontraba en Carretera Nacional, 340. La Hoya-Lorca, CP 30816, Lorca (Murcia), la adopción de Resolución en el procedimiento de reintegro seguido sobre subvenciones percibidas en el Ejercicio de 2004 (expediente 005537/06) en concepto de ayudas al Fondo Operativo de las Organizaciones de productores, anualidad de 2003, Línea FEOGA 1502007, se comunica que, con fecha 31/05/2007, se ha dictado Resolución en el citado procedimiento, en cuya parte dispositiva se acuerda:
«Primero.-Declarar que Hoyamar, Sociedad Cooperativa OPFH N.º 767 con NIF F30368559, y domicilio en La Hoya-Lorca (Murcia), incumplió la normativa reguladora de las subvenciones de las que se hace mérito en el cuerpo de esta Resolución y, en consecuencia, percibió indebidamente un importe ascendente a 6.454,36 €, que habrá de reintegrar incrementado en los intereses previstos en el punto 4 del artículo 15 del R(CE)609/01, en este caso al tipo del 2% (Diario 2004/ C 128/01, de 3/5/04), incrementado en tres puntos porcentuales, desde la fecha de cobro de la ayuda y hasta su efectivo reintegro, según la siguiente liquidación de intereses: Importe, Fecha Inicio, Fecha Fin, Días al 5%, Intereses, Total: 6.454,36 25/05/2004 31/05/2007 1.101 973,46, 7.427,82.
Segundo.-Teniendo en cuenta que la liquidación de intereses, por importe de 973,46 €, procede por todo el tiempo que transcurra entre el pago indebido y el reembolso, y que la cuantificación anterior se efectúa hasta la fecha de esta Resolución, a la cantidad total adeudada, ascendente a 7.427,82 €, deberá añadirse, en concepto de intereses, un importe de 0,88 € por día, hasta su efectivo ingreso. De conformidad con lo previsto en los artículos 11 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria y 62 de la Ley 58/2003, General Tributaria, la suma total adeudada deberá hacerse efectiva en el plazo de ingreso en periodo voluntario establecido en este último precepto -si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior, o, si ése no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente-.
Los importes a reintegrar se abonarán, mediante transferencia a la entidad,sucursal y c/c siguiente: Entidad: 9000 Banco de España; sucursal: 0001 Madrid; C/c 20-0200009025. Fega-Feaga organismo pagador. Una vez efectuada la transferencia habrán de remitir fotocopia de su resguardo, con indicación del número de expediente al que corresponde, a la Subdirección General Económico-Financiera del Organismo, calle Almagro, 33, 28010 Madrid. Si transcurrido el plazo no se tuviera constancia del reintegro, se procederá, sin más comunicación, a su cobro en vía de apremio, con el recargo legalmente establecido.
De conformidad con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa por razón de lo dispuesto en el artículo 42.5 de la Ley General de Subvenciones, podrá ser impugnada potestativamente en reposición, ante este Fondo Español de Garantía Agraria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo con la interposición de recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin que puedan simultanearse ambos recursos. Madrid, 31 de mayo de 2007. El Presidente, Fdo: Fernando Miranda Sotillos ».
Madrid, 2 de julio de 2007.-El Presidente, Fernando Miranda Sotillos.
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