A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), y al amparo de lo dispuesto en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental y el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se somete a información pública el proyecto cuyas características se detallan a continuación:
Peticionario: Gas Natural Distribución SDG, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en Madrid (C.P. 28028), Avda. América 38.
Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones así como reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto «Revisión n.º 1 al Eje APA-16 Puerto Real-Cádiz», en los términos municipales de Puerto Real y Cádiz (Cádiz). Descripción de las instalaciones:
Trazado: Tiene su origen en una futura Posición perteneciente al Gasoducto de Transporte Secundario, propiedad de Endesa Gas Transportista, S.L., que se situará dentro del Polígono Industrial El Trocadero, en las proximidades de la industria General Motors y finalizando dentro de la Planta Satélite de Gas Natural Licuado, propiedad de Gas Natural, situada en las proximidades de la Zona Franca del Puerto de Cádiz.
En el término municipal de Puerto Real, el trazado discurre en dirección Oeste junto al cerramiento de la Industria General Motors y en paralelo al Futuro ferrocarril al Bajo de la Cabezuela, cruzando éste en forma de viaducto. Tras cruzar la carretera de acceso al Polígono Industrial desde la N-443, el trazado se ubica en un camino existente que discurre en paralelo con la citada carretera y su futura ampliación. Tras avanzar unos metros, el trazado gira noventa grados para cruzar la N-443 y su futura ampliación, situándose posteriormente bajo la calzada de un vial de la zona industrial, para girar nuevamente noventa grados situándose otra vez en paralelo con la N-443 junto al cerramiento de los astilleros de IZAR, hasta llegar a la altura del Puente de José León de Carranza hasta llegar a la Bahía de Cádiz, en concreto, en el Muelle n.º 5 de IZAR. En el término municipal de Cádiz y tras superar el puerto deportivo, el trazado se ubica bajo la calzada de la calle que discurre paralela a la N-443 hasta la calle Ronda de Vigilancia, donde el trazado gira en dirección norte hasta llegar a la calle ciudad de San Roque, donde gira por la misma hasta llegar a la Planta Satélite de GNL de Gas Natural. Tubería: De acero al carbono con revestimiento epoxy en la superficie interior, de diámetro 8''. La profundidad mínima a la que irá enterrada la tubería será de un metro sobre su generatriz superior. La longitud total del trazado es de 5.566 metros. Presión de diseño: 16 bar. Caudal máximo (Planta Satélite GNL): 5.545 m3 (n)/h. Instalaciones auxiliares:
Válvula de seccionamiento en el p.k. 0,000, en el término municipal de Puerto Real.
Válvula de seccionamiento en el p.k. 2,153, en el término municipal de Puerto Real. Válvula de acometida en el p.k. 5,142 en el término municipal de Cádiz. Válvula de seccionamiento en el p.k. 5,522, en el término municipal de Cádiz. Válvula de seccionamiento en el p.k. 5,536, en el término municipal de Cádiz. Válvula de seccionamiento en el p.k. 5,531 + 6m, en el término municipal de Cádiz. Válvula de seccionamiento en el p.k. 5,531 + 14m, en el término municipal de Cádiz. Dos armarios de regulación AR-5000 en el punto final del gasoducto, uno de 16/4 bar y otro de 4/0,4 bar. Estación de protección catódica y lecho de ánodos.
Presupuesto: Dos millones doscientos sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y nueve euros con treinta y ocho céntimos de euro (2.269.849,38 €). Afecciones a las fincas privadas: La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones, se concreta en la siguiente forma:
Uno.-Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.
Dos.-Para las canalizaciones:
A) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de tres (3) metros, uno y medio (1,5) a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería y cable de comunicación y telemando, que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio: 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, movimientos de tierras o efectuar acto alguno que rebaje la cota del terreno o pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones. 3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. 4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para ello. 5. Obligación de informar al titular de la canalización de gas del alcance de cualquier obra de excavación o construcción que se pretenda realizar en el futuro fuera de la franja de servidumbre pero dentro de la Zona de Seguridad definida en la Norma UNE 60-305-83, a distancia al eje de la tubería inferior a cinco (5) metros, para la determinación y el establecimiento de las precauciones o medidas de seguridad convenientes que preserven de posibles riesgos a la conducción de gas.
B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de la franja que se refleja, para cada finca, en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán los trabajos u operaciones necesarios para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos. Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:
A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un (1) metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de protección catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación, más un (1) metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, de plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a un metro y medio (1,5), a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a una distancia inferior a la indicada.
Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja, para cada finca, en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se hará desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el expediente en esta Delegación provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, sita en plaza Asdrúbal, s/n, edificio Junta de Andalucía (CP 11008) y presentar por triplicado ejemplar, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.
Cádiz, 15 de mayo de 2007.-La Delegada de Innovación, Ciencia y Empresa, Angelina María Ortiz del Río.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. Proyecto: Revisión n.º 1 al Eje APA-16 Puerto Real-Cádiz-provincia de Cádiz |
|||||||
Finca |
Titular-Dirección-Población |
SE |
SP |
OT |
POL |
PAR |
Naturaleza |
Término municipal de Puerto Real |
|||||||
CA-PR-1 |
C.A. Andalucía-C.Empleo y Desarrollo Tecnológico - Avda. de Hitasa, 14 - Sevilla |
0 |
266 |
2630 |
88565 |
05 |
Urbana. |
CA-PR-1PO |
C.A. Andalucía-C.Empleo y Desarrollo Tecnológico - Avda. de Hitasa, 14 - Sevilla |
4 |
0 |
0 |
88565 |
05 |
Urbana. |
CA-PR-2 |
Dirección General de Ferrocarriles.- Pza. de los Sagrados Corazones 7-Madrid |
0 |
9 |
88 |
- |
- |
Ff.cc. |
CA-PR-3 |
Delhi Automotive Systems España S.L.U. - Pol. Ind. Trocadero, s/n - Río San Pedro - Puerto Real |
0 |
16 |
159 |
88565 |
04 |
Urbana. |
CA-PR-4 |
C.A. Andalucía-C.Empleo y Desarrollo Tecnológico - Avda. de Hitasa, 14 - Sevilla |
0 |
68 |
728 |
88565 |
03 |
Urbana. |
CA-PR-5 |
C.A. Andalucía-C.Obras Públicas y Transporte - Avda. Diego Martínez Barrio, 10 - Sevilla |
0 |
29 |
283 |
- |
- |
Carretera. |
CA-PR-6 |
Junta de Andalucía - Cristobal Colón, 12 - Cádiz |
0 |
415 |
2257 |
25 |
05 |
Camino servicio. |
CA-PR-7 |
M.º Fomento. Demarcación de Carreteras - Acacias, 3 - Cádiz |
0 |
58 |
584 |
- |
- |
Carretera. |
CA-PR-8 |
M.º Fomento. Demarcación de Carreteras - Acacias, 3 - Cádiz |
0 |
1291 |
10675 |
s/n |
s/n |
Pastos. |
CA-PR-9 |
Ayuntamiento de Puerto Real - Plaza Poeta Rafael Alberti, 1-esc. 1.ª-1.ª - Puerto Real |
0 |
59 |
768 |
- |
- |
Viario. |
CA-PR-10 |
Navantia - C/ Velázquez 132 - Madrid |
0 |
12 |
6285 |
71488 |
03 |
Vial. |
CA-PR-10PO |
Navantia - C/ Velázquez 132 - Madrid |
4 |
0 |
0 |
71488 |
03 |
Vial. |
CA-PR-11 |
Navantia - C/ Velázquez 132 - Madrid |
414 |
3312 |
71488 |
03 |
Erial. |
|
CA-PR-11BIS |
Demarcación de Costas - Marianista Cubillo, 7 - Cádiz |
414 |
3312 |
71488 |
03 |
Erial. |
|
CA-PR-12 |
Demarcación de Costas - Marianista Cubillo, 7 - Cádiz |
0 |
680 |
0 |
- |
- |
Bahía de Cádiz. |
Término municipal de Cádiz |
|||||||
CA-CA-1 |
Demarcación de Costas - Marianista Cubillo, 7 - Cádiz |
620 |
0 |
- |
- |
Bahía de Cádiz. |
|
CA-CA-2 |
Ayuntamiento de Cádiz - Plaza San Juan de Dios, s/n - Cádiz |
1030 |
6196 |
- |
- |
Viario. |
|
CA-CA-3 |
Ayuntamiento de Cádiz - Plaza San Juan de Dios, s/n - Cádiz |
387 |
1147 |
- |
- |
Viario. |
|
CA-CA-3PO |
Ayuntamiento de Cádiz - Plaza San Juan de Dios, s/n - Cádiz |
6 |
0 |
0 |
- |
- |
Viario. |
CA-CA-4 |
Ayuntamiento de Cádiz - Plaza San Juan de Dios, s/n - Cádiz |
133 |
402 |
- |
- |
Viario. |
|
CA-CA-5 |
Gas Andalucía, S.A. - Rivero, 8 - Sevilla |
29 |
124 |
49306 |
01 |
Urbana. |
|
CA-CA-5EPC |
Gas Andalucía, S.A. - Rivero, 8 - Sevilla |
74 |
148 |
49306 |
01 |
Urbana. |
|
CA-CA-5PO |
Gas Andalucía, S.A. - Rivero, 8 - Sevilla |
16 |
0 |
0 |
49306 |
01 |
Urbana. |
Abreviaturas utilizadas: SE: m2 -Expropiación en dominio; SP: m.l. -Servidumbre de paso; OT: m2 -Ocupación temporal; POL: Polígono; PAR: Parcela. |
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