Desconociéndose el actual domicilio de don Jesús José Madera Cameselle, que fue titular del contrato de cesión de uso de vivienda militar sita en el Poblado Naval de Rota, Zona 11, n.º 2507, 1.º Izq., se le hace saber que por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar, que se ha dictado con fecha 7 de mayo de 2007, Resolución de archivo, por no haber quedado acreditada la causa contemplada en el artículo 9.b) («Cambio de destino cuando implique cambio de localidad o área geográfica, según lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 de esta Ley, cuando la vivienda esté vinculada al citado destino»), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 26/1999 de 9 de julio, la presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá formular en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su recepción Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de dicha índole del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid o el correspondiente al domicilio del interesado, o potestativamente, en el plazo de un mes, el recurso de reposición regulado en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, ante esta Dirección General.
Madrid, 5 de julio de 2007.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid