Por Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 18 de junio de 2007, se ha declarado la utilidad pública en concreto del proyecto «Línea Aérea a 15 kV a instalar desde finca La Milla a Malpartida, en los términos municipales de Villamantilla y Villanueva de Perales», previa la correspondiente información pública. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En su virtud, esta Dirección General, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados en el Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, el de las de Ocupación definitiva. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, así como el último recibo de contribución, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario, si lo estiman oportuno. El levantamiento de Actas tendrá lugar el día 22 de agosto de 2007 en el Ayuntamiento de Villamantilla, a partir de las 10:00 y en el Ayuntamiento de Villanueva de Perales, a partir de las 13:30 horas. El orden del levantamiento de las actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos de los Ayuntamientos señalados. Es de significar que esta publicación se realiza igualmente a los efectos que determina el artículo 59.4 y 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquellos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse, según se relaciona en el anexo.
En el expediente expropiatorio, «Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal», asumirá la condición de beneficiaria.
Madrid, 11 de julio de 2007.-El Director General de Industria, Energía y Minas. Carlos López Jimeno.
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