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Documento BOE-B-2007-187050

Anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Granada por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública del proyecto denominado «Punto de entrega a Gas Natural Andalucía en Santa Fe (Granada)», en el término municipal de Granada.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2007, páginas 9350 a 9350 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-187050

TEXTO

A los efectos previstos en los arts. 55 y 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el Capítulo II del Real Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía, 11/2004, de 24 de abril sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 201/2004 de 11 de mayo por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, por la que se delegan competencias a las Delegaciones Provinciales y en general la aplicación del título IV del R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, esta Delegación Provincial somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación que se detalla a continuación:

Peticionario: «Gas Natural Distribución SDG, S.A.» con C.I.F. A-63485890 y domicilio en Polígono Industrial Pineda. Carretera N-IV (Sevilla-Cádiz) Calle E, Parcela 4, 41012 Sevilla.

Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y declaración de utilidad pública del proyecto denominado «Punto de entrega a Gas Natural Andalucía en Santa Fe (Granada)». Origen: En la Posición L-07 de ENAGAS, en el término municipal de Granada. Descripción de las instalaciones: La conexión se realizará sobre la salida en Alta Presión A facilitada por ENAGAS en la Posición L-07. Tubería de acero, API 5L Gr.B diámetro 3'' y espesor 4,0 mm. Longitud 26 m. Se instalará una válvula de diámetro 3'' en arqueta y una Estación de Regulación y Medida aérea normalizada AR-01 (Alta Presión A de entrada, Media Presión B de salida). Sobre la salida en acero de la ERM se instalará un elemento de transición Acero-Polietileno y posteriormente un tramo de 3,00 m de tubería de Polietileno PE-100 de DN 110 mm, sellándose la salida con un cap. Presión de diseño de la instalación: 16 bar relativos. Longitud: 26 m. Presupuesto: 38.972,62 euros.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del proyecto y sus instalaciones auxiliares.

Uno.-Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de 3 metros, 1,5 a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio. 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiere dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior de 5 metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Órgano competente de la Administración. 3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. 4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta Zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a 1,5 metros a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en horario de oficina en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada, sita en Plaza de Villamena, n.º 1, así como los planos parcelarios en el Ayuntamiento de Granada, y presentar por triplicado en esta Delegación Provincial las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Granada, 7 de mayo de 2007.-El Delegado Provincial, Alejandro Zubeldia Santoyo.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. Proyecto: Punto de entrega a Gas Natural Andalucía, S.A., a Santa Fe, término municipal de Granada

N.º finca: GR-GR-1. Titular: José Manuel López Lucena, Tomás López Lucena, M.ª Trinidad López Lucena, Gracia M.ª López Lucena, Josefa López Lucena, Antonio López Peralta, Antonio Luis López Martínez. Domicilio: Cjón. Ángel, 3,18006 Granada. Expropiación en dominio (m2): 84. Servidumbre de paso (m.l.): 7. Ocupación temporal (m2): 64. Polígono: 1. Parcela de catastro: 48. Naturaleza: Arbolado ribera.

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