Desconociéndose el actual domicilio de Don Pedro Navarro San Jiménez, por no hallársele en el de la calle Córdoba, s/n-B, 1.º-Dcha., de Ceuta, se le hace saber que, por esta Dirección General se ha incoado expediente para el ejercicio del desahucio de la vivienda, con fecha de 12 de julio de 2007, y que se ha formulado con esa misma fecha, Pliego de Cargos, por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 10.1.e) («Cuando la vivienda deje de estar destinada a satisfacer la necesidad de vivienda habitual del beneficiario o se utilice para actividades ajenas a dicho fin») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142 al 144 del Real Decreto 2114/68, de 24 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, podrá formular por escrito las alegaciones y aportar las pruebas que considere convenientes a su derecho, durante el plazo de ocho días contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Pliego.
Madrid, 31 de julio de 2007.-La Instructora, Cristina Úbeda Murillo.
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