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Documento BOE-B-2007-199068

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil. Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones. Sobre la notificación al ex Guardia Civil don Ismael Blanco Rodríguez para el reintegro del percibo indebido de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 2007, páginas 10048 a 10048 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2007-199068

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Ismael Blanco Rodríguez (33.345.730-P) el Acuerdo de 7 de marzo de 2007, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente: «Con escrito de este Servicio número 181.088 de 19-10-2006, se le notificaba la iniciación de un procedimiento de reintegro por el percibo indebido de la cantidad líquida de 1.418,95 euros, en concepto de haberes en el período comprendido entre el 1-7-2006 al 31-8-2006, abonada en la nómina de los meses de julio y agosto de 2006, en virtud de la Resolución 160/11944/06, de 25 de julio, de 2006 (BOD núm. 153) de 7 agosto de 2006, por la que pierde la condición de Guardia Civil y de Militar de Carrera de la Guardia Civil por renuncia a petición propia desde el 22 de julio de 2006. Una vez transcurrido el plazo máximo de 15 días que contempla el art. 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, sin que por esa parte se hayan efectuado alegaciones ni presentado documentos que pudieran favorecer su pretensión de defensa, se da por cumplimentado el trámite de Audiencia, y en consecuencia. Acuerdo declarar que la cantidad de 1.418,95 euros percibida por el ex Guardia Civil don Ismael Blanco Rodríguez (33.345.730-P) en concepto de haberes, en el período comprendido entre el 1-7-2006 al 31-8-2006, tiene la consideración de «cantidades indebidamente percibidas». Voluntariamente puede reintegrarla a la Delegación de Economía y Hacienda de su domicilio fiscal (domicilio fiscal del interesado: Calle Francisco Piedra Cuadrado, número 11; 04.131 Barriada de Retamar (Almería), remitiendo fotocopia compulsada a este Servicio de Retribuciones, caso de hacer efectivo el ingreso, con el objeto de cancelar el procedimiento de reintegro según lo dispuesto por la Orden Ministerial EHA/4077/2005 de 26-12-2005 (BOE núm. 311) de 29-12-2005». Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director General de la Guardia Civil en el plazo de un mes contados a partir del día siguiente a su notificación, en base a cuanto disponen los artículos 107, 114, 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), y preferentemente, por razones de mayor agilidad, a la Subdirección General de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (carretera de Andalucía Km 25,500),aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 6 de agosto de 2007.-El Coronel Jefe del Servico de Retribuciones de la Guardia Civil, Emilio Muñoz Rubio.

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