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Documento BOE-B-2007-202061

Anuncio de Confederación Hidrográfica del Guadiana referente al levantamiento de Actas de Ocupación por la expropiación forzosa para la realización de las obras del proyecto de Mejora del Abastecimiento de la comarca de Azuaga. Emergencia para la ejecución del abastecimiento a los municipios de la mancomunidad de Llerena. Términos municipales de Fuente del Arco, Higuera de Llerena, Maguilla y Puebla del Maestre (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 2007, páginas 10218 a 10218 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2007-202061

TEXTO

La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, declara de Interés General del Estado el Proyecto de «Mejora del abastecimiento de la comarca de Azuaga. Emergencia para la ejecución del abastecimiento a los municipios de la Mancomunidad de Llerena», y la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en la Ley 14/2001, de 27 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el 56 y siguientes de su Reglamento, se convoca a los propietarios afectados para el levantamiento de las correspondientes actas previas de ocupación, que tendrá lugar los próximos días 29 de agosto de 2007, a las diez horas treinta minutos, en el Ayuntamiento de Puebla del Maestre, y a las doce horas, en el Ayuntamiento de Fuente del Arco; el día 30 de agosto de 2007, a las diez horas treinta minutos, en el Ayuntamiento de Higuera de Llerena, y a las doce horas, en el Ayuntamiento de Maguilla (Badajoz). No obstante lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento se producirá en los propios terrenos a expropiar. A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada para actuar en su nombre. Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (Certificado del Registro de la Propiedad, escritura pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del IBI de los dos últimos años, o fotocopias compulsadas de los mismos). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, si lo estiman oportuno. Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra expuesta en el Tablón de edictos de los Ayuntamientos citados.

Badajoz, 9 de agosto de 2007.-El Director Técnico, José Martínez Jiménez.

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