Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 06 de septiembre de 2006 la mercantil GAS Natural Distribución SDG, S. A. ha presentado solicitud de Autorización Administrativa, Autorización de Proyecto y Reconocimiento de Utilidad Pública para el proyecto de instalaciones, presentando el proyecto titulado «Red APA de la posición S-08.4.2 a Rincón de la Victoria».
Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria y anuncios en las siguientes publicaciones:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 7 de fecha 8 de enero de 2007.
«Boletín Oficial de la Provincia de Málaga» núm. 11, de fecha 16 de enero de 2007. Diario Sur de fecha 15 de enero de 2007. Diario «La Opinión de Málaga» de fecha 15 de enero de 2007.
Tercero.-Con fecha 19 de junio de 2007, se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental favorable condicionada por parte de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.
Cuarto.-Durante el periodo de información pública no se han presentado alegaciones. Quinto.-Mediante escrito de Fecha de Registro de Salida en esta Delegación Provincial 9 de junio de 2006 se le dio traslado a la entidad peticionaria de las alegaciones planteadas, escrito al que no consta en el expediente que se le haya dado respuesta.
Fundamentos de Derecho
Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente, conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Vistas la Ley 34/1998 de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos; Reglamento General del servicio público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973 de 26 de octubre; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes 26 de octubre de 1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial, resuelve:
Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Instalaciones y reconocer la utilidad pública solicitada por Gas Natural Distribución SDG, S. A. para el expediente «Red APA de la posición S-08.4.2 a Rincón de la Victoria», y el proyecto del mismo nombre visado por el Iltr. Colegio Oficial de Ingenieros correspondiente y cuya descripción básica es: Longitud de la instalación: 1.640,42 metros.
Red APA de la Posición S-08.4.2 a Rincón de la Victoria. Se inicia en la posición S-08.4.2 del gasoducto de Transporte Secundario Rincón de la Victoria-Vélez Málaga-Torrox-Nerja y termina en la entrada al núcleo urbano de Rincón de la Victoria. Válvula inicial de seccionamiento. Instalaciones auxiliares: Armarios de regulación: AR-5.000 con sus válvulas de entrada y salida 4''-6''. Instalación de tubo portacable en paralelo a gasoducto dentro de la misma zanja realizada para la conducción. Tuberías de acero API 5L GR.B., diámetro DN 6'' e = 3,6 mm, L = 40 m.
La presente autorización está sujeta a las condiciones siguientes:
1. Queda la presente resolución sujeta a los condicionantes que aparecen en la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 19 de junio de 2007.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen. 3. Las instalaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Red APA de la posición S-08.4.2 a Rincón de la Victoria» y demás documentación técnica presentada, quedando especificado en los siguientes datos básicos:
Longitud de la instalación: 1.640,42 metros.
Red APA de la Posición S-08.4.2 a Rincón de la Victoria. Se inicia en la posición S-08.4.2 del gasoducto de Transporte Secundario Rincón de la Victoria-Vélez Málaga-Torrox-Nerja y termina en la entrada al núcleo urbano de Rincón de la Victoria. Válvula inicial de seccionamiento. Instalaciones auxiliares: armarios de regulación: AR-5.000 con sus válvulas de entrada y salida 4''-6''. Instalación de tubo portacable en paralelo a gasoducto dentro de la misma zanja realizada para la conducción. Tuberías de acero API 5L GR.B., diámetro DN 6'' e = 3,6 mm, L = 40 m. Límites del suministro: Término municipal de Rincón de la Victoria, en las zonas definidas en el plano aportado con el proyecto de ejecución.
4. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses, contados a partir de la fecha de la de ocupación real de las fincas que han de ser afectadas por la canalización.
5. Gas Natural Distribución SDG, S. A. dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. Para ello se aportará a esta Delegación Provincial un certificado final de obra firmado por Técnico Superior competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje se ha efectuado de acuerdo con la normativa técnica vigente que le sea de aplicación, acompañado de la documentación correspondiente a las pruebas y ensayos realizados, certificados por Organismo de Control Autorizado. 6. Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados, u otra causa excepcional que lo justifique legalmente. 7. En el plazo de 15 días desde la recepción de la presente, tendrán que presentar en esta Delegación Provincial justificante de la constitución de la fianza o garantía del 2 % del presupuesto de las instalaciones afectadas, a disposición de esta Delegación Provincial, a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta autorización.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, la presente autorización y la declaración concreta de utilidad pública de las instalaciones, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y dará lugar a la urgente ocupación de los mismos, de conformidad con lo establecido en el art. 103 y siguiente del citado cuerpo legal, así como la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, de fecha 26 de abril del 1957. Los referidos bienes y derechos son los incluidos en la relación que se publicó en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 26 de agosto de 2000, en el Boletín Oficial de la Provincia de 30 de agosto de 2000 y Diario Sur de 6 de julio de 2000.
La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otras necesarias para la ejecución de las obras de las instalaciones.
Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 20 de julio de 2007.-La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.
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