Intentada notificación al interesado en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla, en cumplimiento del apartado 5 del citado artículo, por el presente anuncio se notifica a Obras y Construcciones Eusebio Gallego, con último domicilio conocido en carretera de la Haba kilómetro 0,200 de Villanueva de la Serena, Badajoz, el acto siguiente:
Este Ministerio de Medio Ambiente ha resuelto, en cumplimiento de la Sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Nacional, de fecha 13 de octubre de 2006, y posterior Auto de aclaración de la Sentencia de fecha 22 de marzo de 2007 en el recurso contencioso-administrativo número 13/2005, considerar anulada por contraria a derecho la Resolución del Departamento de 21 de noviembre de 2003, recaída en el expediente sancionador incoado por la Confederación Hidrográfica del Guadiana a Obras y Construcciones Eusebio Gallego, Sociedad Anónima, en los particulares de calificar la conducta imputada a la actora como una infracción menos grave, reducir la sanción impuesta a la multa de 6.050,00 euros e igualmente reducir a 2.100,00 euros la cantidad que ha de abonar en concepto de indemnización por los daños causados al Dominio Público Hidráulico. .
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 339 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y modificado por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, el importe de la sanción, deberá ser ingresado (indicando la referencia: ES-0127/03/BA) en la siguiente cuenta:
Titular de la cuenta: Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Cuenta especial de ingresos:
Banco de España: 9000.
Sucursal: 0009. Dígito de Control: 0090. c/c: 0200000571.
El ingreso habrá de hacerse efectivo dentro de los plazos siguientes:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Como quiera que se contabiliza como fecha de cumplimiento del pago de la sanción, el día en que se produzca el ingreso en la cuenta que la Confederación Hidrográfica tiene en el Banco de España, se advierte que si se realiza el ingreso mediante transferencia a través de cualquier otro Banco o Caja de Ahorros, el infractor debe asegurarse que dicha entidad efectúa a su vez dicho ingreso dentro de plazo, ya que de producirse éste una vez pasado el período voluntario, llevará aparejado el inicio del procedimiento de apremio, el devengo del recargo de apremio, y de los intereses de demora, de acuerdo con los artículos 163 y siguientes y 224 y 233 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de 1 mes, contado a partir de la fecha en la que se reciba la notificación del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Recurso Contencioso Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución impugnada, o al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa si fuera expreso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del precitado texto legal. 3. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El texto completo puede ser solicitado por el interesado a la Secretaría General de este Organismo, en Badajoz, avenida Sinforiano Madroñero, 12.
Badajoz, 3 de septiembre de 2007.-El Secretario General, Manuel Piedehierro Sánchez.
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