Está Vd. en

Documento BOE-B-2007-227126

Resolución de la delegación provincial de la Consejería de innovación, ciencia y empresa de la Junta de Andalucía en Almería de fecha 6 de agosto de 2007 por la que se otorga la declaración de utilidad pública en concreto.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2007, páginas 11098 a 11099 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2007-227126

TEXTO

Visto el expediente 4958-4853, tramitado a instancias de Endesa Distribución Eléctrica S.L.U. que solicito la Declaración de Utilidad Pública en concreto de la instalación eléctrica que consta en el Proyecto, de acuerdo con el Titulo VII, de Real Decreto 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 2 de mayo de 2007, Endesa Distribución Eléctrica S.L.U. con domicilio social en Avda. Federico García Lorca 82, 04004 Almería, solicitó la Declaración en concreto de Utilidad Pública para la instalación de una nueva línea aérea de media tensión a 20 Kv denominada «Cierre de lamt a 20Kv entre CD 37157 «Bo El Algarrobo» y CD 37143 «Loma del Viento 1» con reforma y paso a SF6 del CD 37157 «Bo El Algarrobo» en el tt.mm. de El Ejido (Almería), cuya finalidad es mejorar la calidad de servicio de la zona.

A tal efecto se adjuntaba la Relación de Bienes y Derechos afectados de dicha Instalación. Segundo. De acuerdo con el articulo 125 y 144 del real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en: BOE núm. 136 de 7 de junio de 2007, BOP de la provincia de Almería núm. 131 de 6 de julio de 2007 y Diario La Voz de Almería de 22 de mayo de 2007. En dichos anuncios se incluían relación concreta y detallada de bienes y derechos afectados por la citada instalación. Tercero. Que, dentro del plazo de información pública no se ha recibido en esta Delegación Provincial ningún escrito de alegaciones.

Fundamentos de derecho

Primero. Esta Delegación Provincial es competente resolver el otorgamiento de la Utilidad Pública en concreto a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.14 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

De conformidad con los preceptos legales citados, así como la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, el Real Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954. Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguiente del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000. Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados mas arriba, esta delegación Provincial resuelve:

Conceder la Utilidad Pública en concreto al Proyecto de Cierre de Línea Aérea de M.T. 20 KV entre CD 37157 «Bo El Algarrobo» y CD 37143 «Loma del viento 1» con reforma y paso a SF6 del CD 37157 «Bo El Algarrobo», en el tm de El Ejido (Almería), cuyas características principales son las siguientes: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica S.L.U.

Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la zona. Línea de media tensión: Origen: ct existente (37157) Bo Algarrobo. Final: ct existente (37143) Loma del Viento 1. Términos municipales afectados: El Ejido. Tipo: Aérea y Subterránea. Tensión de servicio: 20 kV. Longitud total en m.: 548 mts. (aéreo) y 1268 (subterráneo). Conductor: 3x125,1 mm2 al-ac (aéreo) y 2x240 mm2 al 18/30 (subterráneo). Aislamientos: Polimérico y polietileno reticulado. Apoyos: Metálicos galvanizados y zanja entubada. Estación transformadora: Nombre: Bo. Algarrobo (37157). Emplazamiento: El Ejido. Tipo: Interior con acceso directo vía pública. Posiciones línea: 1 Seccionador corte SF6 400A. Posiciones trafos: 1 Seccionador corte SF 200.ª. Potencia total en kva: 100. Relación de transformación: 20/B2. Medida en baja: Baja Tensión. Presupuesto: 149.626,46 euros.

La Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la instalación, a los efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa.

Segundo. Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen así como los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. 3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo. A dicha solicitudes acompañara un certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo competente. 4. La Administración Autonómica dejara sin efecto la Presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

Notifíquese esta Resolución al solicitante, a las Administraciones u Organismos Públicos que informaron o debieron informar durante la tramitación de la declaración de utilidad pública y a los titulares de bienes y derechos afectados, en la forma prevista en los arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero, con la advertencia que la misma no agota la vía administrativa, y que contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con el art. 115 del mismo texto formativo.

Relación de bienes y derechos afectados

Finca: 1. Situación: Término municipal de El Ejido. Paraje: El Salitral.

Datos de catastro: Polígono 14, parcela 830. Propiedad: D. Francisco Martínez Mateo. La Balsa, 17. 04716 Las Norias de Daza, El Ejido (Almería). Afección proyectada en la finca:

a) Montaje de 50 mts. lineales con un ancho máximo de 5,25 m de línea a 20 KV, con un sobrevuelo permanente de terreno de 117,70 m2. y una ocupación temporal del terreno de 100 m2.

Almería, 22 de agosto de 2007.-El Delegado Provincial, Francisco Javier de las Nieves López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid