Finalizado el plazo de Información Pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa ha resuelto fijar el día 9 de octubre de 2007, para proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos precisos para las obras, situados en los términos municipales de Vilobí d'Onyar y Aiguaviva. Independientemente de la citación de carácter personal que se realizará a cada uno de los titulares de los bienes y derechos afectados, según lo establecido en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, se expondrán las relaciones completas de los mencionados propietarios en los Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos, así como en dos periódicos de máxima difusión en la provincia.
Dicho trámite será iniciado en los Ayuntamientos de Vilobí d'Onyar y Aiguaviva en el día y hora indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten, tanto su identidad y legitimidad, como la titularidad de los bienes y derechos expropiados, sin perjuicio del traslado a las fincas objeto de la expropiación.
Madrid, 17 de septiembre de 2007.-El Director General de Aviación Civil (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre, Boletín Oficial del Estado de 3 de noviembre de 2004), Manuel Bautista Pérez.
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