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Documento BOE-B-2007-232075

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación de propuesta de resolución de expediente sancionador a la sociedad El Gazal Explotaciones Agrarias, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2007, páginas 11298 a 11298 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2007-232075

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que no ha podido ser efectuada la notificación en su último domicilio social conocido, se notifica a la sociedad El Gazal Explotaciones Agrarias, S. A., que, en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado mediante Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ha sido formulada, con fecha 12 de julio del 2007, y en el curso del expediente administrativo sancionador seguido frente a ella, Propuesta de resolución por parte del órgano de instrucción de dicho procedimiento. Dado que este acto no se publica en su integridad de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se indica a la sociedad inculpada que el texto íntegro de la propuesta de resolución que se notifica, se encuentra a su disposición, junto al resto de la documentación del expediente en la sede de este Instituto, calle Huertas, número, 26, 28014 Madrid. Dicho expediente se inició por el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con fecha 18 de mayo de 2007, concluida la fase de instrucción, y teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 218 al 221 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, según redacción posterior a la reforma operada por el número 20 de la disposición adicional segunda de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, así como el hecho de que la sociedad inculpada ha suministrado al órgano instructor la información solicitada en el acuerdo de incoación acerca del importe total de sus partidas de activo y su cifra de ventas correspondientes al último ejercicio declarado a la Administración Tributaria, y, que las alegaciones presentadas al acuerdo de Incoación no desvirtúan los hechos que motivaron la incoación del correspondiente procedimiento, se ha propuesto por dicho órgano de instrucción, con fecha 12 de julio del 2007:

Primero.-Declarar a la sociedad El Gazal Explotaciones Agrarias, S. A., número de expediente 2007015888, con domicilio en Fray Luis de Granada, 1, 14008 Córdoba, responsable de una infracción de las tipificadas en el artículo 221, apartado 1 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, de incumplimiento por el órgano de administración de la obligación de depositar, dentro del plazo establecido, las cuentas anuales y documentación complementaria correspondiente al ejercicio 2005.

Segundo.-En relación con dicho incumplimiento, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 221, apartado 2 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, imponer a la sociedad El Gazal Explotaciones Agrarias, S. A., una sanción consistente en multa por importe de 1.525,70 euros. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.1.º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, se comunica a la sociedad inculpada que se encuentra a su disposición, en el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, para la obtención de las copias que estime convenientes, el expediente administrativo seguido frente a ella, indicándose que dispone de un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», o al último de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para formular las alegaciones y aportar los documentos e información que estime convenientes para su defensa. Transcurrido dicho plazo, la propuesta de resolución, las alegaciones, junto con todos los documentos que componen el expediente serán cursados al Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, órgano competente para resolverlo a tenor de lo previsto en el artículo 221 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 14 de septiembre de 2007.-El Secretario General, Juan Manuel Pérez Iglesias.

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