Se ha formulado Acuerdo de Iniciación y acuerdo de interrupción de plazo por petición de informe al SEPBLAC en el siguiente expediente sancionador:
Expediente: 573/2007. Interesado/a: Yueqi Li. Fecha Acuerdo Iniciación: 16 de abril de 2007. Fecha Interrupción Plazo: 21 de junio de 2007.
Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y desconociéndose el último domicilio del interesado, por la presente se notifica que puede retirar el Acuerdo de Iniciación del expediente en el despacho de la Instructora (Dirección General del Tesoro y Política Financiera, Paseo del Prado, 6, 2.º, 1, Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto. En el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación, podrá efectuar las alegaciones que estime pertinentes, pudiendo solicitar cuantas pruebas en derecho estime convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se propondrá la oportuna resolución.
Asimismo, se ha dictado notificación de interrupción del plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. En virtud de lo establecido en el apartado 1 del artículo 12 de la Ley 19/1993 que atribuye la competencia para resolver dicho procedimiento al Presidente del Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, previo informe del Servicio Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, quedando suspendido, en la aplicación de dicho precepto, el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución en el presente procedimiento.
Madrid, 28 de agosto de 2007.-La Instructora, Ángeles Rodríguez.
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