A tenor de lo dispuesto en la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, sobre «Declaración de interés general de determinadas obras hidráulicas», se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa incoado para la ejecución de las obras arriba citadas, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Con fecha 3 de septiembre de 2007, la Dirección General de Aguas aprobó el proyecto arriba indicado, aprobación que lleva implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación. Por el Presidente de esta Confederación y en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, en su artículo 33 y las comprendidas en el artículo 98 de la Expropiación Forzosa y al amparo de lo preceptuado en el artículo 52 de dicha Ley, se ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en las relaciones que se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de el ayuntamiento de Murcia, así como en los de esta Confederación, para que asistan al levantamiento de Actas Previas a la ocupación forzosa, el siguiente día, mes y hora:
Relación que se cita, con expresión de finca, titular, fecha y hora.
Lugar: Ayuntamiento de Murcia.
2-151. Explotación Agrícola Torre Molina, S.A. 8 de noviembre. 16:00.
2-153. Explotación Agrícola Torre Molina, S.A. 8 de noviembre. 16:00. 2-154. Carlos Artero Carbonell. 8 de noviembre. 16:00. 2-155. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-174. Club Financiero e Inmobiliario de La Región de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-176. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-175. Club Financiero e Inmobiliario de La Región de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-178. Club Financiero e Inmobiliario de La Región de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-182. Club Financiero e Inmobiliario de La Región de Murcia. 8 de noviembre. 16:00. 2-183. Suncoast Golf, Sociedad Limitada. 8 de noviembre. 16:00. 2-185. José Nicolás Cano. 8 de noviembre. 16:00. 2-186. Dionisio Jara Muñoz. 8 de noviembre. 16:00. 2-187. José Nicolás Cano. 8 de noviembre. 17:00. 2-188. Ginesa Pérez Soto. 8 de noviembre. 17:00. 2-189. José Antonio Rueda Martínez. 8 de noviembre. 17:00. 2-190. Ginesa Pérez Soto. 8 de noviembre. 17:00. 2-191. Dionisio Jara Muñoz. 8 de noviembre. 17:00. 2-192. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 17:00. 2-193. Ángel Tórtola Jiménez. 8 de noviembre. 17:00. 2-194. Ana María Martínez Muñoz (Herederos). 8 de noviembre. 17:00. 2-196. Explotación Agrícola Torre Molina, S.A. 8 de noviembre. 17:00. 2-197. María Dolores Mabilly Perona. 8 de noviembre. 17:00. 2-199. María Dolores Mabilly Perona. 8 de noviembre. 18:00. 2-201. Juan Mengual. 8 de noviembre, 18:00. 2-202. Miguel Buendía Rodríguez. 8 de noviembre. 18:00. 2-206. Explotación Agrícola Torre Molina, S.A. 8 de noviembre. 18:00. 2-207. Carlos Artero Carbonell. 8 de noviembre. 18:00. 2-208. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 18:00. 2-300. Carolina Rosa Carbonell Arroyo. 8 de noviembre. 18:00. 2-301. Antonio Artero García. 8 de noviembre. 18:00. 2-301-1. Antonio Artero García. 8 de noviembre. 18:00. 2-302. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 18:00. 2-303. Ayuntamiento de Murcia. 8 de noviembre. 18:00. 2-304. Carolina Rosa Carbonell Arroyo. 8 de noviembre. 18:00.
A dicho acto comparecerá, bien personalmente o representado por persona debidamente autorizada, al objeto de trasladarse al propio terreno, si fuese preciso, debiendo aportar los documentos acreditativos de su titularidad, pudiendo ir acompañado, si así lo desea, de un perito o notario con gastos a su costa. Todo ello le será notificado mediante cédula.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación forzosa, el interesado, así como las personas, que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos, que se hayan podido omitir en la relación, podrán formular ante esta Confederación Hidrográfica, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posible errores que puedan figurar en dicha relación, hasta el momento del levantamiento de la actas.
La beneficiaria de la expropiación es la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Segura, S.A.
Murcia, 13 de septiembre de 2007.-La Secretaria General, Paloma Moriano Mallo.
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