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Documento BOE-B-2007-244247

SEGURFONDO F. I. (Fondo absorbente) SEGURFONDO ACTIVO DIVISA F. I. SEGURFONDO LARGO PLAZO F. I. (Fondos absorbidos)

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2007, páginas 12051 a 12051 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2007-244247

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

Con fecha 21 de septiembre de 2007, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el proyecto de fusión por absorción de Segurfondo Activo Divisa, F.I., Segurfondo Divisas, F.I., Segurfondo Largo Plazo, F.I. por Segurfondo, F.I., mediante la incorporación del patrimonio de los fondos absorbidos y transmisión por título de sucesión universal de la totalidad de su patrimonio, derechos y obligaciones a favor del absorbente, quedando los fondos absorbidos disueltos sin liquidación. La fusión se ejecutará previsiblemente en la segunda quincena del próximo mes de octubre. Ejecutada la fusión, el fondo absorbente modificará su Reglamento de Gestión para introducir la nueva denominación del Fondo y adaptarlo a la nueva política, y su folleto explicativo con el fin de:

1. Modificar la vocación inversora y objetivo de gestión del Fondo, que pasará a ser un Fondo de Fondos incluido dentro de la categoría de Fondo Global. Así, el Fondo invertirá mayoritariamente en otras IIC's financieras de gestión alternativa, caracterizadas por explotar las ineficiencias de los mercados y obtener una rentabilidad desligada de la evolución de los mismos, no existiendo predeterminación en cuanto al tipo de activo en los que invierta, tanto directa como a través de las IIC's, ni en cuanto a la técnica de gestión alternativa que sigan las IIC's en las que se invierta.

2. Modificar el ámbito geográfico, invirtiendo en IIC's cuyas gestoras serán nacionales e internacionales con experiencia en la gestión alternativa, no se descarta la posibilidad de participar en otras IIC's, tanto del Grupo Inverseguros como de otras sociedades gestoras. 3. Incluir en el porcentaje máximo conjunto del 10% del activo del fondo, en el que el fondo se reserva la posibilidad de invertir, cuando sea coherente con su vocación inversora, cumpliendo todos los requisitos recogidos en la normativa de aplicación, los siguientes activos:

Las acciones admitidas a negociación en cualquier mercado o sistema de negociación que no tengan características similares a los mercados oficiales españoles o no estén sometidos a regulación o dispongan de otros mecanismos que garanticen su liquidez al menos con la misma frecuencia con la que la IIC inversora atienda los reembolsos de sus participaciones.

Las acciones o participaciones de IIC, incluidas aquellas que puedan invertir más de un 10% en otras IICs, de carácter no financiero, gestionadas o no por entidades del mismo grupo que la sociedad gestora del Fondo, con cálculo de valor liquidativo al menos mensual. Las acciones y participaciones de las entidades de capital-riesgo, gestionadas o no por entidades del mismo Grupo que la Sociedad Gestora del Fondo.

4. El Fondo se caracterizará por invertir mayoritariamente en otras IIC, por lo tanto, además de los gastos directos, soportará gastos adicionales derivados de estas inversiones sobre los cuales se informará en los correspondientes informes periódicos.

5. El porcentaje anual máximo que directa o indirectamente puede soportar este Fondo de fondos en concepto de comisión de gestión y gastos asimilables es del 3% anual sobre el patrimonio. El porcentaje anual máximo sobre patrimonio que directa o indirectamente puede soportar este Fondo de fondos, en concepto de comisión de depositario y gastos asimilables es del 1% anual sobre el patrimonio. Se elimina el índice de referencia Effa Bond Índices Euro Govt 1-5 YRS Total Return, fijándose en su lugar un objetivo de rentabilidad que, en ningún caso garantizado, alcance el Euribor a 3 meses + 150 p.b., con una volatilidad anual no superior al 6%. Los partícipes de los fondos afectados tendrán derecho a reembolsar o traspasar sus participaciones, al valor liquidativo correspondiente a la fecha de su solicitud, sin deducción de comisión de reembolso o gasto alguno, salvo la retención fiscal legalmente aplicable, al no existir gastos, comisiones o descuentos asociados al reembolso de las participaciones de los fondos implicados en la fusión. Los acreedores de los fondos afectados por la fusión podrán oponerse a la misma, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Los partícipes y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el proyecto de fusión, en la sede de la CNMV y en el domicilio de la Sociedad Gestora.

Madrid, 27 de septiembre de 2007.-Director Área Financiera, Martín Huete Gómez.-60.824.

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