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Documento BOE-B-2007-250107

Anuncio del Comisionado para el Mercado de Tabacos por el que se revoca la designación de D. Francisco Sánchez Ludeña y se designa a D. Ernesto Vega Gutiérrez del Polígono de Alcorcón 2 (Madrid) código 28007012.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 18 de octubre de 2007, páginas 12336 a 12336 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2007-250107

TEXTO

Visto el expediente instruido por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, relativo a la adjudicación del polígono de Alcorcón 2 (Madrid) del concurso de Expendedurías de carácter general de Tabaco y Timbre convocado por Resolución de 3 de abril de 2001 (BOE del 5 de abril de 2001).

Antecedentes de hecho

Por Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de fecha 22 de octubre de 2001 (BOE del 3 de noviembre de 2001), se resuelve la adjudicación del polígono de Alcorcón 2 (Madrid) del concurso de Expendedurías de carácter general de Tabaco y Timbre convocado por Resolución de 3 de abril de 2001. En la mencionada Resolución se adoptó el siguiente acuerdo:

«Adjudicar la concesión de las expendedurías generales de tabaco y timbre a las personas que se relacionan en el Anexo I, en las localidades y locales que se indican: 28007012. Alcorcón 2. Madrid. Alcorcón. Alcorcón. Avenida de las Retamas, c.v. calle Juan Ramón Jiménez, 7. Local 5. Sánchez Ludeña, Francisco. 5.236.116-M.»

Contra la Resolución de adjudicación de 22 de octubre de 2001, presentaron recurso de alzada Doña Ángeles Maroto Robledo, D. Alberto Vázquez Breña, D. Cristóbal Zapata Báez, D. Ernesto Vega Gutiérrez y D. César Gismeros Moya, que fueron desestimados por Resolución de 25 de septiembre de 2002 del Vicepresidente Segundo del Gobierno para asuntos Económicos y Ministro de Economía.

Contra la Resolución Ministerial de 25 de septiembre de 2002, D. Cristóbal Zapata Báez presentó recurso contencioso-administrativo n.º 1286/2002, que fue desestimado por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 30/12/04 (firme el 01/03/05) «al estar ajustadas a las bases del concurso las puntuaciones objeto de impugnación». Contra la Resolución Ministerial de 25 de septiembre de 2002, D.ª Ángeles Maroto Robledo y D. Ernesto Vega Gutiérrez presentaron recursos contencioso-administrativos n.º 1152/2002 y n.º 2267/2002, respectivamente, acumulados. Mediante Sentencia n.º 931 de 21/06/05 la Sala acordó: «Que debemos estimar parcial el recurso contencioso-administrativo promovido por la Procuradora de los Tribunales Sra. Palombi Álvarez, en nombre y representación de D.ª. Ángeles Maroto Robledo, y el Procurador Sr. Tinaquero Herrero en nombre y representación de D. Ernesto Vega Gutiérrez, contra la Resolución dictada, en fecha 27 de diciembre de 2001, por el Ministerio de Economía que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de fecha 22 de octubre de 2001 publicada en el BOE de 3 de noviembre de 2001 por la que se resolvía el concurso para la provisión de Expendeduría de Tabaco y Timbre convocado por la Subsecretaría de Economía mediante Resolución de 3 de Abril de 2001, por lo que, debemos declarar y declaramos que las resoluciones recurridas no son conformes con el Ordenamiento Jurídico y, en consecuencia, procede anular las mismas, condenando a la Administración demandada a retrotraer las actuaciones hasta el momento de practicar una evaluación de las propuestas concretas referidas a la expendeduría Alcorcón 2 para la elaboración de una propuesta y adjudicación conforme a las bases de la convocatoria; todo ello sin hacer expresa imposición de costas». Mediante Auto de 24/04/07 la Sala acordó «Aclarar de oficio la Sentencia n.º 931 dictada en el recurso 1152/02 (acumulado 2267/02) en fecha 21 de junio de 2005, cuyo Fallo queda del tenor literal siguiente: «Que debemos estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido por la Procuradora de los Tribunales Sra. Palombi Álvarez, en nombre y representación de D.ª Ángeles Maroto Robledo, y el Procurador Sr. Tinaquero Herrero en nombre y representación de D. Ernesto Vega Gutiérrez, contra la Resolución dictada, en fecha 27 de diciembre de 2001, por el Ministerio de Economía que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de fecha 22 de octubre de 2001 publicada en el BOE de 3 de Noviembre de 2001 por la que se resolvía el concurso para la provisión de Expendeduría de Tabaco y Timbre convocado por la Subsecretaría de Economía mediante Resolución de 3 de abril de 2001, por lo que, debemos declarar y declaramos que las resoluciones recurridas no son conformes con el Ordenamiento Jurídico y, en consecuencia, procede anular las mismas, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por ello y, concretamente, a retrotraer las actuaciones en el referido proceso de selección hasta el momento de practicar la evaluación de las solicitudes de los aspirantes a la expendeduría Alcorcón 2 código polígono 28007012) que salió a concurso en la convocatoria aprobada por Resolución de la Subsecretaría de Economía de 3 de Abril de 2001, y concretamente, respecto de los aspirantes intervinientes en este proceso, esto es, D.ª Ángeles Maroto Robledo, D. Ernesto Vega y D. Francisco Sánchez Ludeña, en la que se examinen cada uno de los apartados del baremo con una concreta medición de los metros de distancia entre los locales propuestos por cada uno de los aspirantes y los diversos tipos de locales mencionados en la base que deben reflejarse en la oportuna Ficha de Campo del funcionario evaluador en la forma estipulada en la referida base 2 de la convocatoria especificando, sobre plano de la zona, la trayectoria de la medición efectuada por el funcionario respecto de cada uno de los locales propuestos, a fin de justificar que las mediciones se han realizado con arreglo a la base indicada para que la elaboración de la propuesta y adjudicación sea conforme a las bases de la convocatoria». Mediante Providencia de 25/07/07 la Sala acordó: «... requiérase a la Administración demandada para que acredite en el plazo de quince días las medidas adoptadas para cumplir en sus propios términos el fallo de la sentencia aclarada por auto de fecha 24.04.07 y la evaluación de las solicitudes de los aspirantes Doña Ángeles Maroto Robledo, D. Ernesto Vega Gutiérrez y D. Francisco Sánchez Ludeña y en su caso manifiesten a esta sala las dificultades que surgieron en la ejecución del fallo aclarado por auto de fecha 24.04.07 y el funcionario encargado de su cumplimiento». Con fecha 31/07/07 el Comisionado informó a la Sala: a) sobre las actuaciones seguidas en cumplimiento de la Sentencia dictada por esa Sala el 21 de junio de 2005 y la aclaración de oficio de la misma efectuada mediante Auto de fecha 24 de abril de 2007 (con entrada en dicho Organismo el 18 de mayo de 2007); b) sobre la inexistencia de paralización alguna en la tramitación seguida, y en concreto que «... existiendo dudas sobre el alcance de los interesados en el procedimiento de retroacción y al objeto de no producir dilaciones, se optó por la opción más garantista (la de considerar que lo juzgado -en concreto la inadmisión por inconcreción del método de medición- afectaba al conjunto de mediciones efectuadas en la primera evaluación de aspirantes o, en último caso, habilitaba a los interesados en el procedimiento administrativo originario a solicitar la extensión de la Sentencia dictada). No obstante, si esa Sala entendiese incorrecta la citada interpretación, se ruega lo comunique a este Comisionado a los efectos oportunos». Mediante Auto de 17/09/07: la Sala acordó «... que se proceda a la evaluación de las solicitudes que esta Sala ha tenido ocasión de revisar en relación con los aspirantes que no se han aquietado con el acto administrativo de adjudicación y el propio adjudicatario de la expendeduría... la Sala acuerda requerir al Comisionado para el Mercado de Tabacos para que proceda a realizar la evaluación de las solicitudes de los intervinientes en el recurso 1252/02 en los términos indicados en la Sentencia de 21 de Junio de 2005 aclarada mediante Auto de 24 de abril de y que son D.ª Ángeles Maroto, D. Ernesto Vega y D. Francisco Sánchez Ludeña.». Efectuada la retroacción de las actuaciones conforme a lo acordado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 27 de septiembre de 2007 el Comité Consultivo del Comisionado para el Mercado de Tabacos informó favorablemente la propuesta de revocación del nombramiento de D. Francisco Sánchez Ludeña como titular de la concesión de la Expendeduría de carácter general de Tabaco y Timbre sita en el Polígono de Alcorcón 2 (Madrid), código polígono 28007012, y la designación de D. Ernesto Vega Gutiérrez como nuevo adjudicatario.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Son de aplicación al presente expediente las siguientes normas:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, modificada por la Ley 24/2005, de 18 de noviembre. Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Real Decreto 1.199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria y se regula el Estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre, modificado por el Real Decreto 1/2007, de 12 de enero. Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Segundo.-A la vista de los hechos, así como de la legislación aplicable al caso, procede hacer las siguientes consideraciones:

1. El Comisionado para el Mercado de Tabacos, en cumplimiento de lo acordado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 6.ª) ha procedido a retrotraer las actuaciones en cuanto a la evaluación de las solicitudes de los intervinientes en el recurso 1252/02 en los términos indicados en la Sentencia de 21 de Junio de 2005 aclarada mediante Autos de 24 de Abril y 17 de Septiembre de 2007.

2. En cumplimiento de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, el Comité Consultivo del Comisionado para el Mercado de Tabacos, en su reunión del 27 de septiembre de 2007, emite informe favorable en la relación a las siguientes propuestas:

a) Revocación de la designación de D. Francisco Sánchez Ludeña como titular de la concesión de la Expendeduría de carácter general de Tabaco y Timbre sita en el Polígono de Alcorcón 2 (Madrid).

b) Designación de D. Ernesto Vega Gutiérrez como nuevo titular de la concesión de la Expendeduría de carácter general de Tabaco y Timbre sita en el Polígono de Alcorcón 2 (Madrid).

Resolución

1. Revocar la designación de D. Francisco Sánchez Ludeña como titular de la concesión de la Expendeduría de carácter general de Tabaco y Timbre sita en el Polígono de Alcorcón 2 (Madrid), código polígono 28007012. 2. Designar a D. Ernesto Vega Gutiérrez como nuevo adjudicatario de la concesión de la Expendeduría de carácter general de Tabaco y Timbre sita en el Polígono de Alcorcón 2 (Madrid), código polígono 28007012.

La presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Excmo. Sr. Ministro de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 3 de octubre de 2007.-La Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

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