Considerando lo que prevé el título 5 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, y el RD 1434, de 27 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercio, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de gas natural modificado por el RD 942/05, de 29 de julio. De acuerdo con la Resolución de 22 de mayo de 2006, de autorización administrativa y declaración de utilidad pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y los derechos afectados por la ejecución del proyecto de conducción y suministro de gas natural a un Sector de Gualta y la urbanización Les Mirones en el termino municipal de Gualta, a los efectos de lo que prevé el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954. Dado que la relación concreta e individualizada de los bienes y los derechos afectados, en cumplimiento de lo que exige el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, se ha sometido a un período de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC núm. 4608, de 5-4-2006; en el BOE núm. 75, de 29-3-2006, y en los periódicos El Punt de 29-3-2006 y Diari de Girona de 29-3-2006. De acuerdo con lo que prevé la Ley de expropiación forzosa indicada, acuerdo:
Fijar la fecha siguiente para proceder a la redacción de las actas previas a la ocupación de los bienes y los derechos afectados.
Día y hora: Jueves 22 de noviembre de 2007 a las 10 h de la mañana. Lugar: Ayuntamiento de Gualta.
Esta convocatoria se notificará individualmente a las personas interesadas que figuran en la relación expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado y de los Servicios Territoriales de Economía y Finanzas en Girona (c. Migdia, 50-52, 17003 Girona).
Han de asistir al acto los titulares de los bienes y los derechos afectados, personalmente o representados por una persona debidamente autorizada. Deben presentar los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución que corresponda al bien afectado y, si lo estiman conveniente, pueden ir acompañados, a su cargo, por un perito o un notario.
La reunión tendrá lugar en la sede del citado Ayuntamiento. A continuación los asistentes se trasladarán, si procede, a los terrenos afectados para proceder a la redacción de las actas.
Girona, 18 de octubre de 2007.-Francesc Revert Higon, Director de los Servicios Territoriales en Girona.
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