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Documento BOE-B-2007-262104

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 22-10-2007 por la que se anuncia: Información pública del proyecto constructivo de las obras de adecuación del embalse de Arenós (Castellón) y de su Estudio de Impacto Ambiental.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2007, páginas 12994 a 12994 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2007-262104

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986 de 25 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001 de 8 de mayo, así como en lo establecido en el Real Decreto 1997/1995 de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, se somete a información pública el proyecto epigrafiado y su Estudio de Impacto Ambiental por un plazo de treinta (30) días. La actuación «Adecuación del embalse de Arenós (Castellón)» se fue declarada de interés general en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, modificada por la Ley 11/ 2005, de 22 de junio. Así mismo, se incluye como actuación prioritaria y urgente tanto en el Real Decreto Ley 2/2004, de 18 de junio, como en la posterior Ley 11/2005, de 22 de junio. El embalse de Arenós constituye, junto con el embalse de Sichar, pieza clave en la regulación anual e hiperanual del río Mijares. Esta regulación es adicional a la fuente de regulación natural del río Mijares, favorecida por el acuífero de Javalambre en el que se desarrolla gran parte de la cuenca de cabecera del río, vertiente al embalse de Arenós. Esa regulación natural de la cuenca ha permitido el desarrollo de un riego tradicional en la Plana de Castellón de alta garantía y un importante aprovechamiento hidroeléctrico del río, ambos basados en los caudales base garantizados. La construcción de las presas de Sichar y Arenós, significó un aumento de los caudales regulados, ahora mediante los embalses, y la puesta en riego de superficies adicionales, principalmente a partir de la construcción de los canales de la «cota 100» y «cota 220» sucesivamente. La actual superficie de regadío ronda las 30.000 ha. Además, de forma indirecta, significa una protección de las poblaciones ribereñas contra las avenidas y permite el mantenimiento de caudales ecológicos. La presa es de escollera con núcleo inclinado de arcilla y una altura máxima sobre cimientos de 107 m. La cota de coronación se sitúa a la 603,00 m.s.n.m. y el nivel máximo normal del embalse a la 600,00 m.s.n.m., con un volumen de 130,0 hm3. En la actualidad debido a posibles inestabilidades en las laderas del vaso y al funcionamiento de los órganos de desagüe, el nivel de explotación se ha visto limitado a valores inferiores a los previstos en proyecto, reduciéndose de forma considerable el volumen de embalse. El informe sobre la primera inspección de seguridad de la presa de Arenós, redactado en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses (aprobado por Orden Ministerial del 12 de marzo de 1996), pone de manifiesto la necesidad de estudiar, para adaptarse a las nuevas exigencias de seguridad, algunos aspectos que afectan al funcionamiento, o a determinados componentes, del conjunto presa-embalse y condicionan su nivel máximo normal. Sobre dicha base se plantea la redacción del Proyecto desarrollando las actuaciones que son necesarias para garantizar un nivel de seguridad adecuado y restituir los resguardos a los niveles posibles compatibles con la nueva reglamentación incrementando el volumen de explotación temporalmente restringido. Con estas premisas, la «Adecuación del Embalse de Arenós» ha sido una de las actuaciones urgentes incluidas en el anexo IV del Real Decreto Ley 2/2004, encomendándose a Acuamed su realización con vistas a la consecución de unos recursos adicionales de unos 15 hm3. Las actuaciones desarrolladas por el proyecto se describen a continuación:

1. Desagüe intermedio. Una vez comprobado que la presa no dispone de la capacidad de desagüe de frente a la avenida que exige el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses, se ha proyectado un nuevo desagüe que permite, junto con el resto de órganos de desagüe, evacuar hasta una avenida extrema de 10.000 años de periodo de retorno, sin producirse vertidos por coronación.

2. Aliviadero primitivo. Debido a los problemas de funcionalidad tanto de tipo geológico como estructural e hidráulico se ha proyectado la modificación de la embocadura para obtener un mejor reparto de caudales y velocidades menores de aproximación, la construcción de un marco que aporte rigidez en el canal de descarga y un nuevo elemento deflector para dirigir los caudales de forma que no impacten con la ladera opuesta. De esta forma se garantiza su seguridad y se aumenta la capacidad de desagüe. 3. Cierre del aliviadero del collado. Su posible entrada en funcionamiento plantea dudas sobre los efectos en el barranco que desagua, por la inestabilidad de sus laderas y el volumen de materiales arrastrados. Su cierre se llevará a cabo mediante un nuevo dique aguas arriba del existente de materiales sueltos con núcleo vertical de arcilla y pantalla de hormigón plástico. 4. Acondicionamientos de órganos de desagüe, tomas, galerías, edificios, instalaciones eléctricas y accesos. Para restaurar el correcto funcionamiento de las instalaciones de la presa y el embalse y adecuarlas al Reglamento de Seguridad de Presas y a las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el trabajo se han definido las actuaciones necesarias. 5. Sistema de auscultación. Se ha analizado la auscultación existente y su funcionamiento. Se ha previsto completar el sistema en aquellos puntos en que la información suministrada no es suficiente. 6. Estabilidad de laderas en el embalse. Existen más de 30 zonas susceptibles de deslizamiento en el vaso del embalse, pero solo tres pueden presentar riesgo para la seguridad de la presa. Se ha desarrollado un estudio de la variación del nivel del embalse producida por entrada de materiales de ladera y para el caso pésimo no se superan los cinco metros de sobreelevación máxima en la ladera de Puebla de Arenoso (frente al deslizamiento), ni un metro en la presa, lo cual no plantea problemas de seguridad. Se ha incluido en el proyecto una instrumentación adicional, que complementa la existente. 7. Adecuación de las Normas de Explotación. De forma complementaria a las actuaciones descritas anteriormente, se han redactado las correspondientes modificaciones de las Normas de Explotación para adaptarlas a las soluciones finalmente adoptadas, incorporando no sólo los cambios estructurales que se proyecten sino las modificaciones que ello implica sobre el sistema de explotación y las pautas existentes para actuación en caso de avenidas (resguardo, caudales máximos, etc.).

El presupuesto base de licitación es de 52.099.695,86 €.

Los términos municipales afectados por el presente proyecto son Montanejos y Puebla de Arenoso en la provincia de Castellón. En consecuencia y durante 30 días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el de la provincia de Castellón, el proyecto y su estudio de impacto ambiental podrán ser examinadas por las personas que lo deseen al objeto de formular alegaciones. La documentación correspondiente estará a disposición de los interesados en los días y horas hábiles en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Júcar en Valencia, avenida Blasco Ibáñez 48, en las oficinas de Acuamed en Valencia, avenida de las Cortes Valencianas n.º 39 5.º C, así como en los Ayuntamientos de Montanejos (avenida Fuente de Los Baños 7) y Puebla de Arenoso (plaza de la Iglesia, 1).

Las alegaciones que se considere oportuno presentar deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Júcar, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo común.

Valencia, 24 de octubre de 2007.-El Presidente, Juan José Moragues Terrades.

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